"JARA GENOVEVA DEL CARMEN C/ LIMA CARLOS MARCELO S/ INC. DE APELACION" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 1759/2023.Fecha de la Resolución: 20/03/2024.Tipo de Resolución: S/N Sentencia.Tema(s): DERECHO PROCESAL | ACTOS PROCESALES | PRUEBA PERICIAL | DICTAMEN PERICIAL | VALORACIÓN DE LA PRUEBARecursos en línea: Texto completo Descripción: 4 p. pdf
El perito psicólogo debe exhibir los protocolos y tests realizados para arribar a sus conclusiones, a los fines de garantizar el control de la prueba por las partes y el derecho de ejercer su defensa mediante el pedido de explicaciones, o la impugnación del informe, asistiendo razón al recurrente al afirmar que la falta de estos elementos tornan dogmáticas las conclusiones del expero, e impiden una evaluación seria del trabajo pericial.
Teniendo en cuenta que estos protocolos y tests pueden revelar rasgos de la personalidad que no sean objeto de debate en el proceso, lo que vulneraría el derecho a la intimidad del peritado, los mismos deben ser agregados en sobre cerrado y mantenerse en calidad de reservados, sólo accesible a las partes y auxiliares del proceso con debido interés sobre ellos
20/03/2024
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