“MENDEZ VAZQUEZ JORGE FREDY C/ GONZALEZ MELANIE S/ DESALOJO” / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Calaccio, Gabriela Belma | Barroso, AlejandraLegajo: EXP 70372/2020.Fecha de la Resolución: 31/03/2022.Tipo de Resolución: S/N Acuerdo.Tema(s): DERECHO PROCESAL | PROCESOS ESPECIALES | DESALOJO | POSEEDOR | LEGITIMACIÓN ACTIVA | VALORACIÓN DE LA PRUEBARecursos en línea: Texto completo Descripción: 53 p. pdf
Contenidos:
1.- Toda vez que el actor no probó la posesión que invoca respecto del inmueble que intenta desalojar, siendo que la carga de la prueba del referido carácter recaía sobre su parte conforme lo dispuesto en el código de rito (art. 377) debe confirmarse la defensa de falta de legitimación activa, y por ende el rechazo de la acción. (Del voto de la Dra. Gabriela B. Calaccio)
2.- El actor en su demanda no afirmó ser titular de un derecho a poseer con fundamento en la cesión de derechos y acciones, o presentarse como sucesor singular de los titulares de dominio, quienes le habrían cedido todos los derechos y acciones mediante instrumento privado acompañado también con la demanda. No fue ese justamente el hecho afirmado y en el que fundara su pretensión y el límite decisorio está en el título o causa de la pretensión. […] Finalmente, al fundar la apelación, tampoco el recurrente sostiene tener un derecho a poseer con fundamento en la cesión de derechos, sino que su crítica gira nuevamente, en torno a su carácter de poseedor, circunstancia finalmente que no acreditara en autos conforme bien lo pone de resalto el sentenciante. (Del voto de la Dra. Alejandra Barroso)
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1.- Toda vez que el actor no probó la posesión que invoca respecto del inmueble que intenta desalojar, siendo que la carga de la prueba del referido carácter recaía sobre su parte conforme lo dispuesto en el código de rito (art. 377) debe confirmarse la defensa de falta de legitimación activa, y por ende el rechazo de la acción. (Del voto de la Dra. Gabriela B. Calaccio)

2.- El actor en su demanda no afirmó ser titular de un derecho a poseer con fundamento en la cesión de derechos y acciones, o presentarse como sucesor singular de los titulares de dominio, quienes le habrían cedido todos los derechos y acciones mediante instrumento privado acompañado también con la demanda. No fue ese justamente el hecho afirmado y en el que fundara su pretensión y el límite decisorio está en el título o causa de la pretensión. […] Finalmente, al fundar la apelación, tampoco el recurrente sostiene tener un derecho a poseer con fundamento en la cesión de derechos, sino que su crítica gira nuevamente, en torno a su carácter de poseedor, circunstancia finalmente que no acreditara en autos conforme bien lo pone de resalto el sentenciante. (Del voto de la Dra. Alejandra Barroso)

31/03/2022

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