"GUZMAN SAÚL ALBERTO C/ MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN S/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa

Org. emisor: Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal AdministrativaFirmantes: Moya, Evaldo Darío | Elosu Larumbe, Alfredo AlejandroLegajo: EXP 3170/2010.Fecha de la Resolución: 13/03/2019.Tipo de Resolución: 10/19 Acuerdo.Tema(s): DERECHO ADMINISTRATIVO | DAÑOS Y PERJUICIOS | RESPONSABILIDAD DEL ESTADO | CICLISTA | CAÍDA | OBRA PÚBLICA | SEGURIDAD VIAL | FALTA DE SERVICIO | MECÁNICA DEL ACCIDENTE | CARGA DE LA PRUEBA | FALTA DE PRUEBARecursos en línea: Texto completo Descripción: 16 p. pdf
Contenidos:
Debe confirmarse la sentencia de grado inferior que rechaza la demanda iniciada contra el municipio capitalino por los daños y perjuicios que sufriera el actor quien, circulando en su bicicleta, impacta contra un montículo elevado y sin señalización de una obra sin terminar, pues el fallo analiza minuciosamente toda la prueba producida, y concluye con la imposibilidad de establecer cómo sucedieron los hechos y la mecánica del accidente; a la falta de testigos suma el prácticamente nulo valor probatorio que aportan las fotografías acompañadas como prueba documental, al no contarse con prueba subsidiaria que permita visualizar su veracidad y ante la imposibilidad de establecer el vínculo causal entre la escena que captarían aquellas fotos de escaso indicio probatorio, con los daños que se lograron probar. Y este análisis probatorio no se advierte como incorrecto porque, más allá que tal como lo afirma la Magistrada no existe prueba alguna que acompañe a su incorporación, debe advertirse que las fotografías por si solas no permiten reconstruir la serie concatenada de hechos que produjeron las consecuencias dañosas acreditadas. De ellas sólo se advierte una obra de pavimentación, de fecha desconocida, que no dan cuenta de la mecánica del accidente.
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Debe confirmarse la sentencia de grado inferior que rechaza la demanda iniciada contra el municipio capitalino por los daños y perjuicios que sufriera el actor quien, circulando en su bicicleta, impacta contra un montículo elevado y sin señalización de una obra sin terminar, pues el fallo analiza minuciosamente toda la prueba producida, y concluye con la imposibilidad de establecer cómo sucedieron los hechos y la mecánica del accidente; a la falta de testigos suma el prácticamente nulo valor probatorio que aportan las fotografías acompañadas como prueba documental, al no contarse con prueba subsidiaria que permita visualizar su veracidad y ante la imposibilidad de establecer el vínculo causal entre la escena que captarían aquellas fotos de escaso indicio probatorio, con los daños que se lograron probar. Y este análisis probatorio no se advierte como incorrecto porque, más allá que tal como lo afirma la Magistrada no existe prueba alguna que acompañe a su incorporación, debe advertirse que las fotografías por si solas no permiten reconstruir la serie concatenada de hechos que produjeron las consecuencias dañosas acreditadas. De ellas sólo se advierte una obra de pavimentación, de fecha desconocida, que no dan cuenta de la mecánica del accidente.

13/03/2019

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