"RIOS PEDULLA ANA MARIA C/ GUERRA TAPIA FRESIA DEL ROSAR S/ ACCION REIVINDICATORIA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Gigena Basombrio, Federico | Clerici, Patricia MónicaLegajo: 348011-2007.Fecha de la Resolución: 17/12/2015.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): DOMICILIO REAL | HONORARIOS DEL ABOGADO | NOTIFICACIÓN AL EX CLIENTE | NOTIFICACIÓN POR CÉDULA | PROCESOS DE EJECUCIÓNRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 4 p. pdf
Contenidos:
Cabe confirmar el proveido en donde se dispone que con carácter previo a tener por iniciada la ejecución de honorarios que el letrado notifique la regulación arancelaria en los términos del art. 49 de la ley 1594. Ello es así, toda vez que el beneficiario de los honorarios omite comunicar el auto regulatorio a su ex clienta por cédula y a su domicilio real, lo que resulta un recaudo necesario para perseguir su cobro, aún cuando –como se dijo- no se encuentre vigente el vínculo y la actora no sea la condenada en costas (...).
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Cabe confirmar el proveido en donde se dispone que con carácter previo a tener por iniciada la ejecución de honorarios que el letrado notifique la regulación arancelaria en los términos del art. 49 de la ley 1594. Ello es así, toda vez que el beneficiario de los honorarios omite comunicar el auto regulatorio a su ex clienta por cédula y a su domicilio real, lo que resulta un recaudo necesario para perseguir su cobro, aún cuando –como se dijo- no se encuentre vigente el vínculo y la actora no sea la condenada en costas (...).

17/12/2015

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