"MORALES VERONICA ISABEL Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE PLOTTIER S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" / Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa

Org. emisor: Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal AdministrativaFirmantes: Massei, Oscar Ermelindo | Gennari, María SoledadLegajo: EXP 6333/2015.Fecha de la Resolución: 21/08/2019.Tipo de Resolución: 37/19 Acuerdo.Tema(s): DERECHO ADMINISTRATIVA | EMPLEO PÚBLICO | REMUNERACIÓN | DIFERENCIAS SALARIALES | NATURALEZA REMUNERATIVA | CARÁCTER NO BONIFICALBERecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 10 p. pdf
Contenidos:
Corresponde confirmar la sentencia dictada por el Juez de la instancia de grado, en la cual, después de analizar detalladamente cómo se otorgaron las sumas aquí involucradas y mencionar la normativa de orden constitucional y legal que entendió que debía ser ponderada, claramente diferenció lo relativo al “carácter remunerativo” del carácter “bonificable” con que fueron dadas. Con respecto al primero, estimó que –con excepción de aquellas otorgadas por el Decreto N° 1319/14 (que fue dada como “remunerativa”) las restantes (otorgadas como "no remunerativas") se presentaban como “remunerativas” ya que respondían a la descripción que realiza el art. 15 de la Ley N° 611 y, por lo tanto, están alcanzadas por la obligación de realizar aportes y contribuciones de ambas partes de la relación jurídica. Entonces, las consideraciones con las que intenta el recurrente que sea revisada la sentencia no pueden ser atendidas al no haber sido rebatido, con fundamentos atinados y sólidos, la decisión puesta en crisis, toda vez que los supuestos agravios discurren sobre tachas inexistentes ya que, examinada la sentencia de cara a lo que es materia de revisión, se observa que se ha analizado correctamente el tópico para concluir que las sumas otorgadas deben ser consideradas como “remunerativas”; y no se observa que se haya desajustado de la doctrina sentada por el Cuerpo o que no se haya dado tratamiento a alguna cuestión expresamente planteada.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Corresponde confirmar la sentencia dictada por el Juez de la instancia de grado, en la cual, después de analizar detalladamente cómo se otorgaron las sumas aquí involucradas y mencionar la normativa de orden constitucional y legal que entendió que debía ser ponderada, claramente diferenció lo relativo al “carácter remunerativo” del carácter “bonificable” con que fueron dadas. Con respecto al primero, estimó que –con excepción de aquellas otorgadas por el Decreto N° 1319/14 (que fue dada como “remunerativa”) las restantes (otorgadas como "no remunerativas") se presentaban como “remunerativas” ya que respondían a la descripción que realiza el art. 15 de la Ley N° 611 y, por lo tanto, están alcanzadas por la obligación de realizar aportes y contribuciones de ambas partes de la relación jurídica. Entonces, las consideraciones con las que intenta el recurrente que sea revisada la sentencia no pueden ser atendidas al no haber sido rebatido, con fundamentos atinados y sólidos, la decisión puesta en crisis, toda vez que los supuestos agravios discurren sobre tachas inexistentes ya que, examinada la sentencia de cara a lo que es materia de revisión, se observa que se ha analizado correctamente el tópico para concluir que las sumas otorgadas deben ser consideradas como “remunerativas”; y no se observa que se haya desajustado de la doctrina sentada por el Cuerpo o que no se haya dado tratamiento a alguna cuestión expresamente planteada.

21/08/2019

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha