"EVORA MAURICIO JUAN JOSE C/ MELLA GABRIELA SILVANA Y OTRO S/ D.Y P. X USO AUTOM. C/ LESION O MUERTE" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Clerici, Patricia Mónica | Noacco, José IgnacioLegajo: EXP 460308/2011.Fecha de la Resolución: 04/06/2019.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): DERECHO PROCESAL | ACTOS PROCESALES | HECHO NUEVO | RECHAZORecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 11 p. pdf
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Debe ser confirmada la decisión de grado que rechaza el hecho nuevo denunciado por el actor ante el rechazo de la demanda por los daños y perjuicios sufridos a raíz de un accidente de tránsito, toda vez que la omisión en que habría incurrido el judicante y que en ésta etapa procesal denuncia, no es tal, dado que, de acuerdo con el art. 411 del CPCyC, cada posición importa, para el ponente, el reconocimiento del hecho a que se refiere, por lo que habiéndose trabado la litis y encontrándonos en etapa de prueba, el actor reafirma el relato de los hechos contenido en la demanda. Ante esta conducta procesal, mal puede el accionante pretender que el accidente sucedió al revés de lo que relató y reconoció, máxime que tampoco la prueba aportada a la causa resulta concluyente respecto de la versión de los hechos que pretende introducir en la Alzada la recurrente.
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Debe ser confirmada la decisión de grado que rechaza el hecho nuevo denunciado por el actor ante el rechazo de la demanda por los daños y perjuicios sufridos a raíz de un accidente de tránsito, toda vez que la omisión en que habría incurrido el judicante y que en ésta etapa procesal denuncia, no es tal, dado que, de acuerdo con el art. 411 del CPCyC, cada posición importa, para el ponente, el reconocimiento del hecho a que se refiere, por lo que habiéndose trabado la litis y encontrándonos en etapa de prueba, el actor reafirma el relato de los hechos contenido en la demanda. Ante esta conducta procesal, mal puede el accionante pretender que el accidente sucedió al revés de lo que relató y reconoció, máxime que tampoco la prueba aportada a la causa resulta concluyente respecto de la versión de los hechos que pretende introducir en la Alzada la recurrente.

04/06/2019

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