"HIDALGO NOEMI RAQUEL ORIETTA C/ BARCELO CARLOS JOSE AUGUSTO Y OTRO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL CON ART" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pascuarelli, Jorge Daniel | Noacco, José IgnacioLegajo: EXP 469576/2012.Fecha de la Resolución: 26/03/2019.Tipo de Resolución: Sentencia.Tema(s): ACCIDENTE DE TRABAJO | ENFERMEDAD ACCIDENTE | LICENCIA POR ENFERMEDAD | PRESCIPCION | COMPUTO DEL PLAZO | PRESCRIPCION LIBERATORIARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 9 p. pdf
Contenidos:
En autos se encuentra cumplido el plazo de la prescripción liberatoria del art. 258 LCT, por cuanto cabe considerar que la licencia por enfermedad se otorgó por lumbalgia, que es la afección por la que se inicia la presente demanda por enfermedad profesional (…) por lo que comparto lo sostenido por el A-quo respecto al conocimiento de la primera manifestación invalidante y que se trataba de una enfermedad con incapacidad permanente. Asimismo, fue operado por esa patología el 19/03/09 y posteriormente el 19/03/10 se dio por finalizada la relación laboral debido a esa enfermedad, por lo que incluso de tomarse esas fechas para el cómputo de la prescripción, el plazo se encontraba vencido al interponerse la demanda el 12/06/12.
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En autos se encuentra cumplido el plazo de la prescripción liberatoria del art. 258 LCT, por cuanto cabe considerar que la licencia por enfermedad se otorgó por lumbalgia, que es la afección por la que se inicia la presente demanda por enfermedad profesional (…) por lo que comparto lo sostenido por el A-quo respecto al conocimiento de la primera manifestación invalidante y que se trataba de una enfermedad con incapacidad permanente. Asimismo, fue operado por esa patología el 19/03/09 y posteriormente el 19/03/10 se dio por finalizada la relación laboral debido a esa enfermedad, por lo que incluso de tomarse esas fechas para el cómputo de la prescripción, el plazo se encontraba vencido al interponerse la demanda el 12/06/12.

26/03/2019

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