"M. I. D. C. C/ C. H. O. S/ ALIMENTOS PARA LOS HIJOS" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Gigena Basombrio, Federico | Clerici, Patricia MónicaLegajo: 60606-2013.Fecha de la Resolución: 13/08/2015.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ALIMENTOS | CUOTA ALIMENTARIA | PORCENTAJE DE LOS INGRESOSRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 7 p. pdf
Contenidos:
[...] tomando en consideración los aumentos salariales que se dieron en general a partir de la fecha indicada en el párrafo que antecede -mayo del 2014-, que el demandado cambió de empresa y ello supuso, según sus propias manifestaciones, una mejora tanto profesional como económica puede presumirse un ingreso mínimo de $27.000 con lo cual y en consideración a las actividades normales de los menores de la edad de los hijos del matrimonio - de casi 17 y de 11 años- así como que el deber de alimentos pesa sobre ambos, es que entiendo que el porcentaje fijado -40 %- resulta elevado y debe ser reducido al 30% por entender que la suma resultante satisface las necesidades de ellos.
Lista(s) en las que aparece este ítem: Alimentos cuestiones generales, monto de cuota, descuento automático, cuota suplementaria, actividad paralela de uno de los progenitores | Reducción de cuota alimentaria
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[...] tomando en consideración los aumentos salariales que se dieron en general a partir de la fecha indicada en el párrafo que antecede -mayo del 2014-, que el demandado cambió de empresa y ello supuso, según sus propias manifestaciones, una mejora tanto profesional como económica puede presumirse un ingreso mínimo de $27.000 con lo cual y en consideración a las actividades normales de los menores de la edad de los hijos del matrimonio - de casi 17 y de 11 años- así como que el deber de alimentos pesa sobre ambos, es que entiendo que el porcentaje fijado -40 %- resulta elevado y debe ser reducido al 30% por entender que la suma resultante satisface las necesidades de ellos.

13/08/2015

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