"MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN C/ MUTUAL DE DOCENTES DEL NEUQUEN Y OTRO S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 564812-.Fecha de la Resolución: 20/11/2018.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): ACTOS PROCESALES | DILIGENCIAMIENTO DE MANDAMIENTO | DOMICILIO FISCAL | INTIMACION DE PAGO | MANDAMIENTO | VALIDEZRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdfSi el accionado no alegó y menos intentó probar el cambio de su domicilio fiscal, imperativo legal que hacía a su propio interés, cabe entender que el domicilio oportunamente denunciado continuó subsistente y, por ende, las notificaciones allí producidas fueron válidas y surtieron los efectos que le son propios; motivo por el cuál la nulidad sustentada en que no se ha notificado en forma fehaciente la resolución administrativa que intimó al pago de la deuda, por haberse practicado aquella en un domicilio en el que el contribuyente había dejado de ejercer su actividad comercial, no resulta procedente.
20/11/2018
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