"E. M. I. S/ SITUACION LEY 2212" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIIFirmantes: Ghisini, Fernando Marcelo | Medori, Marcelo JuanLegajo: 68680-2015.Fecha de la Resolución: 12/11/2015.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): EXCLUSION DEL HOGAR | MEDIDAS CAUTELARES | PROHIBICION DE ACERCAMIENTO | VIOLENCIA FAMILIAR | VIOLENCIA FISICA Y VERBALRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 6 p. pdf
Contenidos:
Cabe confirmar la resolución que dispone preventivamente la exclusión del hogar del Sr. J. J. M. y la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de esa vivienda, lugar de trabajo y de la persona de la denunciante. Ello es así, pues, en relación a los hechos de violencia suscitados -física y verbal-, el demandado brindó una explicación, a nuestro entender, carente de motivación y de sustento como para descartarla con motivo de la convivencia que hasta la medida de exclusión venían ejerciendo las partes. Por otra parte, de su relato se evidencia una cierta resistencia a modificar la situación actual que vienen atravesando con la señora E., al manifestar su oposición a que se venda la casa, para buscar una solución habitacional que satisfaga a ambos. Asimismo, de su relato se extrae que cuenta con posibilidades de habitar una vivienda y no estar en situación de calle, hasta tanto se resuelva el tema de la vivienda que comparte junto a la denunciante.
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Cabe confirmar la resolución que dispone preventivamente la exclusión del hogar del Sr. J. J. M. y la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de esa vivienda, lugar de trabajo y de la persona de la denunciante. Ello es así, pues, en relación a los hechos de violencia suscitados -física y verbal-, el demandado brindó una explicación, a nuestro entender, carente de motivación y de sustento como para descartarla con motivo de la convivencia que hasta la medida de exclusión venían ejerciendo las partes. Por otra parte, de su relato se evidencia una cierta resistencia a modificar la situación actual que vienen atravesando con la señora E., al manifestar su oposición a que se venda la casa, para buscar una solución habitacional que satisfaga a ambos. Asimismo, de su relato se extrae que cuenta con posibilidades de habitar una vivienda y no estar en situación de calle, hasta tanto se resuelva el tema de la vivienda que comparte junto a la denunciante.

12/11/2015

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