"M. M. D. S/ CAPACIDAD JURIDICA" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: 42498-.Fecha de la Resolución: 22/05/2018.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): CAPACIDAD JURIDICA | EJERCICIO DE LA CAPACIDAD | MODELO DE APOYO | PERSONA HUMANARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 8 p. pdf
Contenidos:
Corresponde hacer lugar el recurso interpuesto, a la propuesta formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia modificar la resolución de grado en su punto III, dejando sin efecto la designación de un representante del Ministerio Público de la Defensa a los fines allí consignados y designando como sistema de apoyo a las hermanas del Hogar “Hermanitas de los Pobres”, …., a fin de que, de manera indistinta o conjunta, asistan y faciliten la toma de decisiones propias de la Sra. M. en lo que concierne a actos administrativos y consentimiento informado.
2.- [ … ] cabe señalar que “Los principios y reglas que regulan la restricción o restricciones en materia de capacidad jurídica plasman en el Código el reemplazo de un "modelo de sustitución en la toma de decisiones" por un "modelo de apoyo en la toma de decisiones". Ese cambio de paradigma implica que, todas las personas tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones, la pregunta deja de ser si una persona puede ejercer su capacidad jurídica, para concentrarse en que necesita la persona para ejercer su capacidad jurídica” (Lorenzetti, Ricardo Luis, Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, T. I, Ed. Rubinzal-Culzoni, año 2014, p. 139, comentario al art. 31).
3.- [ … ] como ha señalado Galli Fiant: “El Código Civil y Comercial ha logrado plasmar soluciones legales adecuadas al paradigma protector que tiene en consideración a la persona según su posición vital. Se abandona el régimen decimonónico centrado principalmente en las cuestiones patrimoniales, y se pone la mirada en los aspectos personales, sociales y familiares de las personas con padecimientos mentales. Parte de la capacidad como regla, y permite al juez evaluar y determinar en cada caso el alcance de las funciones del curador o apoyos necesarios, para no invadir la esfera de autonomía más allá de lo necesario para su protección…” (Galli Fiant, María Magdalena, Personas con capacidad restringida y su protección, Publicado en: LA LEY 05/04/2016, 7 • LA LEY 2016-B, 404, Cita Online: AR/DOC/800/2016).
Lista(s) en las que aparece este ítem: Capacidad juridica
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias:

Corresponde hacer lugar el recurso interpuesto, a la propuesta formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia modificar la resolución de grado en su punto III, dejando sin efecto la designación de un representante del Ministerio Público de la Defensa a los fines allí consignados y designando como sistema de apoyo a las hermanas del Hogar “Hermanitas de los Pobres”, …., a fin de que, de manera indistinta o conjunta, asistan y faciliten la toma de decisiones propias de la Sra. M. en lo que concierne a actos administrativos y consentimiento informado.

2.- [ … ] cabe señalar que “Los principios y reglas que regulan la restricción o restricciones en materia de capacidad jurídica plasman en el Código el reemplazo de un "modelo de sustitución en la toma de decisiones" por un "modelo de apoyo en la toma de decisiones". Ese cambio de paradigma implica que, todas las personas tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones, la pregunta deja de ser si una persona puede ejercer su capacidad jurídica, para concentrarse en que necesita la persona para ejercer su capacidad jurídica” (Lorenzetti, Ricardo Luis, Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, T. I, Ed. Rubinzal-Culzoni, año 2014, p. 139, comentario al art. 31).

3.- [ … ] como ha señalado Galli Fiant: “El Código Civil y Comercial ha logrado plasmar soluciones legales adecuadas al paradigma protector que tiene en consideración a la persona según su posición vital. Se abandona el régimen decimonónico centrado principalmente en las cuestiones patrimoniales, y se pone la mirada en los aspectos personales, sociales y familiares de las personas con padecimientos mentales. Parte de la capacidad como regla, y permite al juez evaluar y determinar en cada caso el alcance de las funciones del curador o apoyos necesarios, para no invadir la esfera de autonomía más allá de lo necesario para su protección…” (Galli Fiant, María Magdalena, Personas con capacidad restringida y su protección, Publicado en: LA LEY 05/04/2016, 7 • LA LEY 2016-B, 404, Cita Online: AR/DOC/800/2016).

22/05/2018

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha