"S. L. M. C/ P. O. V. S/ INC. APELACION" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Barrese, María Julia | Furlotti, Pablo GLegajo: 263-2017.Fecha de la Resolución: 06/12/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): MEDIDAS CAUTELARES | REGIMEN COMUNICACIONAL ENTRE PADRE e HIJO | RELACIONES DE FAMILIARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 11 p. pdf
Contenidos:
La especial naturaleza que caracteriza a las cuestiones de Familia, ameritan, frente a la variación de las circunstancias que enmarcan el debate, las modificaciones necesarias, sobremanera, cuando … se trata de medidas cautelares con directa gravitación sobre personas, donde juegan otros principios bien distintos a los que son propios de las cuestiones de orden patrimonial” (cfr. CC0201 LP, A 44165 RSD-309-97 S 14-8-1997, Juez CRESPI (SD) - CARATULA: S., S. c/ G., M. s/ Fijación régimen de visitas - MAG. VOTANTES: Crespi-Sosa),
2.- Mal podríamos en esta instancia, proceder a ordenar el levantamiento de la cautelar en este expediente, cuando el objeto de dicho levantamiento es la revinculación con su hijo, la que, en este estado y conforme las constancias de autos, no estaría en condiciones de producirse. Por otra parte, se encuentra en trámite el régimen comunicacional en el que, específicamente, se va a decidir la revinculación entre ambos, y, consecuentemente, el oportuno levantamiento de la cautelar.
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La especial naturaleza que caracteriza a las cuestiones de Familia, ameritan, frente a la variación de las circunstancias que enmarcan el debate, las modificaciones necesarias, sobremanera, cuando … se trata de medidas cautelares con directa gravitación sobre personas, donde juegan otros principios bien distintos a los que son propios de las cuestiones de orden patrimonial” (cfr. CC0201 LP, A 44165 RSD-309-97 S 14-8-1997, Juez CRESPI (SD) - CARATULA: S., S. c/ G., M. s/ Fijación régimen de visitas - MAG. VOTANTES: Crespi-Sosa),

2.- Mal podríamos en esta instancia, proceder a ordenar el levantamiento de la cautelar en este expediente, cuando el objeto de dicho levantamiento es la revinculación con su hijo, la que, en este estado y conforme las constancias de autos, no estaría en condiciones de producirse. Por otra parte, se encuentra en trámite el régimen comunicacional en el que, específicamente, se va a decidir la revinculación entre ambos, y, consecuentemente, el oportuno levantamiento de la cautelar.

06/12/2017

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