"ECHECURA GENOVEVA S/ SUCESION AB-INTESTATO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 513827-2016.Fecha de la Resolución: 11/9/17.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): PROCESOS ESPECIALES | RECONOMIENTO DE HEREDEROS | SUCESIONESRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 3 p. pdfCabe revocar el decisorio que no se hizo lugar a la petición de la actora de tenérsela por reconocida como hija biológica de la causante, en los términos del art. 727 del CPCyC, pues si bien los herederos no se manifestaron en las oportunidades previstas en el trámite, al contestar el traslado de los agravios del recurso bajo análisis, la apoderada de éstos, quien cuenta con facultades para reconocer y desconocer herederos y acreedores se expidió en sentido favorable a la petición de la apelante, y en consecuencia debe ser admitida en el carácter de heredera.
11/9/17
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