"EMPRENDIMIENTOS NOREGON S.A. C/ BACCANI MARCELO S/ DETERMINACION DE PLAZO Y PRECIO" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
Legajo: 37029-2014.Fecha de la Resolución: 30/10/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): COMPENSACION | EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES | OBLIGACIONES | OBLIGACIONESRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdfDebe ser revocada la providencia que rechaza in limine la solicitud de compensación de deudas entre las partes en razón de que ambos créditos se originan en expedientes judiciales que tramitan ante organismos jurisdiccionales distintos, pues la compensación es un instituto previsto y regulado por la normativa de fondo como medio extintivo de las obligaciones (CCyCN: arts. 921 y subsiguientes, y Código de Vélez: arts. 818 y subsiguientes); no encontrándose en su articulado ningún requisito como –a contrario sensu parece indicar el sentenciante-: que deban tramitar las causas ante un mismo organismo para darle trámite. Consiguientemente, debe dársele trámite a lo petición, en los términos planteados.
30/10/2017
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