"LASALA NANCY ANABELA C/ GARCIA JUAN MANUEL Y OTRO S/ COBRO EJECUTIVO" / Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
Legajo: 35379-2013.Fecha de la Resolución: 08/10/2015.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): GASTOS DE APERTURA DE CARPETA | GASTOS DEL PROCESO | HONORARIOS | HONORARIOS DEL ABOGADO | LABOR EXTRAJUDICIALRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 7 p. pdfLa ejecutante no puede incluir, dentro de los gastos del proceso abarcados por la condena en costas, el importe que su letrado percibió de aquella en concepto de “gastos artículo 9, apartado II, inciso 11 Ley 1594” –apertura de carpeta-. Ello es así, toda vez que la citada ley específicamente regula los importes mínimos con los que corresponde retribuir la labor del profesional por tareas extrajudiciales, esto es, en los supuestos en los que la cuestión no llegó a conocimiento del órgano judicial. Aquí yace el error conceptual que arrastra la ejecutante desde la introducción de la cuestión y que la lleva a reclamar como “gasto” del proceso aquello que es un “honorario”.
08/10/2015
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