"TOSATTO NATALIA CAROLINA C/ BARROS ALICIA S/ EJECUCIÓN DE HONORARIOS E/A 507057/15" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IIFirmantes: Gigena Basombrio, Federico | Clerici, Patricia MónicaLegajo: 3320-2016.Fecha de la Resolución: 05/09/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): CARACTER ALIMENTARIO | EMBARGO | EXCEPCIÓN | HABER JUBILATORIO | HONORARIOS PROFESIONALES | INEMBARGABILIDAD | MEDIDAS CAUTELARES | PROCEDENCIARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
Si el origen del crédito de la ejecutante son sus honorarios profesionales y la condición de la ejecutada es de jubilada, constituye un privilegio injustificado para este último y un perjuicio arbitrario para la primera extender la inembargabilidad prevista en el art. 53 de la ley 611 (de aplicación en virtud de lo dispuesto por el art. 2 de la ley 859) a la totalidad del haber previsional. Por tanto, cabe autorizar el embargo sobre la prestación previsional de la demandada que percibe del Instituto de Seguridad Social del Neuquén con la siguiente modalidad: del haber previsional se ha de restar la suma de
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Si el origen del crédito de la ejecutante son sus honorarios profesionales y la condición de la ejecutada es de jubilada, constituye un privilegio injustificado para este último y un perjuicio arbitrario para la primera extender la inembargabilidad prevista en el art. 53 de la ley 611 (de aplicación en virtud de lo dispuesto por el art. 2 de la ley 859) a la totalidad del haber previsional. Por tanto, cabe autorizar el embargo sobre la prestación previsional de la demandada que percibe del Instituto de Seguridad Social del Neuquén con la siguiente modalidad: del haber previsional se ha de restar la suma de

05/09/2017

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