"FRUTOS DEL CHAÑAR S.A. S/ PEDIDO DE QUIEBRA” / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I

Org. emisor: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala IFirmantes: Pamphile, Cecilia | Pascuarelli, Jorge DanielLegajo: 515310-2016.Fecha de la Resolución: 15/06/2017.Tipo de Resolución: Interlocutoria.Tema(s): COMPETENCIA POR EL TERRITORIO | CONCURSOS | JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA | PEDIDO DE QUIEBRARecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Descripción: 5 p. pdf
Contenidos:
Debe ser confirmada la declaración de incompetencia del Juzgado Civil N° 6 para entender en el pedido de quiebra, toda vez que de la documental acompañada con el escrito de inicio se desprende que la sociedad cuya quiebra se peticiona se encuentra inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Siendo ello así, en el caso, corresponde señalar que el principio general que rige la competencia concursal en materia de sociedades regularmente inscriptas es el establecido por el inciso 3 del art. 3º de la ley 24.522, conforme con el cual el juez que entiende es el del lugar del domicilio, entendiéndose por tal el domicilio social inscripto, siendo esta disposición de orden público.
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Debe ser confirmada la declaración de incompetencia del Juzgado Civil N° 6 para entender en el pedido de quiebra, toda vez que de la documental acompañada con el escrito de inicio se desprende que la sociedad cuya quiebra se peticiona se encuentra inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Siendo ello así, en el caso, corresponde señalar que el principio general que rige la competencia concursal en materia de sociedades regularmente inscriptas es el establecido por el inciso 3 del art. 3º de la ley 24.522, conforme con el cual el juez que entiende es el del lugar del domicilio, entendiéndose por tal el domicilio social inscripto, siendo esta disposición de orden público.

15/06/2017

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