"ODDO CARINA ALEJANDRA C/ TORRES GONZALO EZEQUIEL Y OTRO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / (Registro nro. 978)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 03485nam a2200349Ia 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 181220t2017 xx 000 0 und d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Tipo de Resolución | Sentencia |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III |
9 (RLIN) | 6 |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "ODDO CARINA ALEJANDRA C/ TORRES GONZALO EZEQUIEL Y OTRO S/ D. Y P. DERIVADOS DEL USO DE AUTOMOTORES (CON LESION O MUERTE)" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2017 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 17 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Debe cargar con la responsabilidad en forma íntegra el conductor del ciclomotor que envistiera a un peatón, si no hay elemento de la causa que acredite que la actora se haya trasladado en forma descuidada o fuera del área de prioridad, ni que lo practicara entre dos autos o sorprendiera al demandado en su avance, cuando resulta incuestionable que estaba llegando al final del cruce; en definitiva no aportó con su culpa al acaecimiento del suceso. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- Cabe confirmar el decisorio de grado que reconoció una elevada incapacidad (60%), que al momento del evento la accionante contaba con 44 años de edad y una vida plena, que fue alterada por el infortunio, con base en la prueba pericial psicológica y las testimoniales, para fijar la indemnización en la suma de pesos $100.000, toda vez que no se concreta la suficiencia de la impugnación para habilitar el cotejar de un eventual exceso de la compensación fijada dirigida a obtener una satisfacción sustitutiva y compensatoria del padecimiento sufrido, cuya gravedad lo evidencia la asistencia que debió recibir en el servicio de terapia intensiva y los prolongados tratamientos por los múltiples traumatismos en todo el cuerpo, en particular, cabeza, rostro y extremidades. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- Si la cuestión controvertida no es la existencia de la cobertura del seguro, sino que las limitaciones que invoca la aseguradora estuvieran incluidas o no en la póliza, frente al expreso desconocimiento e impugnación de la autenticidad y contenido del instrumento en punto a tales límites por parte de la actora, resultaba incuestionable que era a cargo exclusivo de la oferente acreditar que estaban incluidas en el contrato celebrado; tan es así que requiere a tal fin se intime al asegurado a que aporte el original, y subsidiariamente, se concrete mediante dictamen de perito contador; más se cierra el período probatorio sin haberse instado su producción, luego de que sucesivamente el tribunal sostuviera que la pericia era innecesaria. La negativa formulada por la actora resultó suficiente para que los demandados estén en la obligación de probar aquello que constituía un presupuesto indispensable para la admisibilidad de la defensa y liberarse, aún parcialmente, de cargar con el crédito que se le endilga. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 18/04/2017 |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | ACCIDENTE DE TRANSITO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | ATRIBUCION DE RESPONSABILIDAD |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | CARGA DE LA PRUEBA |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | CUANTIFICACION DEL DAÑO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | CULPA DEL CONDUCTOR |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | DAÑOS Y PERJUICIOS |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | DAÑOS Y PERJUICIOS |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | LIMITES |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | MOTOCICLETA |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PEATON |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | POLIZA DEL SEGURO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | SEGUROS |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Ghisini, Fernando Marcelo |
9 (RLIN) | 21 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Medori, Marcelo Juan |
9 (RLIN) | 3 |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 501438-2014 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/978.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/978.pdf</a> |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Institution code [OBSOLETE] | ddc |
Tipo de material Koha (Default) | Sentencia |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
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