"M. G. Y OTROS S/ PROTECCION DE DERECHOS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES" / (Registro nro. 971)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05191nam a2200397Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "M. G. Y OTROS S/ PROTECCION DE DERECHOS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 14 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Cabe revocar la decisión en donde se dispone que los cuatro niños –hermanos entre sí-, quienes actualmente cuentan con 8, 7, 5 y 3 años de ingresen –todos juntos- a una familia de acogimiento, previamente evaluada por el área pertinente del Ministerio de Desarrollo Social con carácter urgente. Ello así, toda vez que no se encuentra controvertido, sino que surge palmario del expediente, que estos niños han sido sometidos a condiciones de vida indignas, que han puesto en riesgo su integridad psicofísica, y que se requiere de la externación de los mismos de la institución en la que se encuentran alojados, a fin de no agravar aún más los perjuicios ocasionados por la conducta de los progenitores y de la familia extensa.Y esa externación no resulta conveniente que se haga a través de una familia solidaria o de acogimiento, en tanto la permanencia en este grupo familiar es esencialmente transitoria.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Corresponde preguntarse hasta cuando vamos a hacer peregrinar a los niños de un lugar a otro, sin otorgarles la posibilidad de ser acogidos en un grupo familiar con visos de permanencia, donde se sientan seguros, contenidos y queridos. Adviértase que las mudanzas reiteradas de situación no sólo conllevan, para estas personas menores de edad, la sensación de inseguridad, sino también de rechazo, toda vez que sus abuelas no han querido hacerse cargo de ellos, con lo cual un eventual cambio de familia solidaria a grupo familiar de los pretensos adoptantes importaría la generación de nuevos sentimientos de inseguridad y rechazo, colocándolos, por ende, en una nueva situación de vulnerabilidad.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- En definitiva, tengo la convicción que el interés superior de los menores de autos importa que la externación de los niños sea hacia una familia inscripta en el R.U.A., la que, en su momento y de corresponder, se convierta en la familia de adopción.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- La discordia se presenta en torno a la familia receptora, ya que no sería como se dijo, una familia solidaria, sino una seleccionada del Registro de Adoptantes. No ignoro que la autora citada (Marisa Herrera) cuestiona la actual redacción del art. 4 del decreto n° 1.438/2008 considerando que no resulta compatible con los principios y télesis de la adopción en el contexto legal vigente (cfr. aut. cit., “Tratado de Derecho de Familia”, Ed. Rubinzal-Culzoni, 2014, T. III, pág. 242). Sin embargo, me permito disentir con esa opinión. Si bien en abstracto y en forma general, el procedimiento reglamentario podría contradecir el fin perseguido por el Código Civil y Comercial, ya que es cierto que forja lazos afectivos entre el niño y quienes pretenden adoptar antes de que el primero se encuentre en estado de ser adoptado, no puede perderse de vista que debiendo resolver problemas esencialmente humanos, como siempre sucede en cuestiones de familia y personas menores de edad, lo primordial es el bienestar de estas últimas, por lo que los prejuicios conceptuales deben ceder a fin de concretar el interés superior del niño en el caso particular. En autos se requiere de este trámite para posibilitar la externación más adecuada de cuatro niños con una historia de vida que, hasta hoy, no es la que debieron haber transitado; y que como consecuencia de ello, sufren; sufrimiento que, además y para D., se ha convertido en un trastorno psíquico.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- (...) disiento con la jueza de grado, ya que no encuentro que pueda aplicarse al sub lite la disposición del Acuerdo n° 5.227, Punto 7 del Tribunal Superior de Justicia, toda vez que refiere a un supuesto distinto, cuál es la inscripción de personas en el R.U.A. y lo que quiere evitar es que la institución de las familias de acogimiento se utilice para saltear el orden de prelación del registro, lo que no sucederá con la medida a adoptar, que conlleva el respeto a dicho orden.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 11/04/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) A
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) A
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DECRETO REGLAMENTARIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DERECHOS DEL NIÑO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EXTERNACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FAMILIA DE ACOGIMIENTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INTERES SUPERIOR DEL NIÑO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LEY DE CREACION DEL REGISTRO UNICO DE ADOPCION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NIÑOS CON FILIACION ACREDITADA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NIÑOS EN HOGAR INSTITUCIONAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PREFERENCIA POR FAMILIA INSCRIPTA EN EL R
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPETO AL ORDEN DE PRELACION ESTABLECIDO POR EL R
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) U
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) U
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 63118-2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/971.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/971.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha