"BARRA CASTILLO LUIS ALBERTO C/ LA CAJA ART S.A. S/ RECURSO ART. 46 LEY 24557" / (Registro nro. 94)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 04084nam a2200409Ia 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 181220t2015 xx 000 0 und d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Tipo de Resolución | Sentencia |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
9 (RLIN) | 1 |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "BARRA CASTILLO LUIS ALBERTO C/ LA CAJA ART S.A. S/ RECURSO ART. 46 LEY 24557" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2015 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 9 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Si el trabajador ingresó al empleo sin incapacidades, sufre un accidente de trabajo, y presenta luego una dolencia que puede ser producida por el hecho dañoso, no encuentro objeciones para concluir, al igual que la a quo, en la existencia de relación causal entre el accidente y la incapacidad posterior. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- En cuanto a los signos degenerativos, comparto la opinión de la a quo en orden a que la Ley 24.557 no permite discriminar a los fines de determinar la incapacidad a indemnizar tarifadamente los factores concausales (cfr. Formaro, Juan J., “Riesgos del Trabajo”, Ed. Hammurabi, 2013, pág. 126 y jurisprudencia allí citada). Este criterio ha sido sostenido también por la suscripta en fallos anteriores (“Vázquez c/ I.A.P.S.E.R.”, expte. n° 453.707/2011, Sala II, P.S. 2014-VIII, n° 183). |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- El Decreto n° 658/1996 (apartado “Criterios de utilización de las tablas de incapacidad laboral”) establece que para la evaluación de la incapacidad de un trabajador afectado por siniestros sucesivos se empleará el criterio de la capacidad restante. Por aplicación de este criterio, debemos tomar el porcentaje de incapacidad exclusivamente física (sin los factores de ponderación) y aplicarlo sobre la capacidad restante del actor, que surge de deducir del 100% de capacidad, el 6,50% asignado al otro accidente laboral (93,50%). Aplicando, entonces, la disminución de la capacidad laborativa determinada en autos (9%), obtenemos una incapacidad a indemnizar en estas actuaciones del 8,42%. Luego han de aplicarse los factores de ponderación sobre este porcentaje (conforme la pericia médica ya que no fueron cuestionados), arribando a una incapacidad definitiva del 11,42%. Sobre este porcentaje de incapacidad he de volver a liquidar el capital de condena. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 4.- Ya me he expedido en autos “Huaiquillan Curriqueo c/ Produc. Frutas Arg. Coop. Seg.” (expte. 414.984/2010, P.S. 2013-III, n° 98) respecto de la inconstitucionalidad del art. 17 inc. 5 de la Ley 26.773, sosteniendo, en síntesis, que perteneciendo la Ley 24.557, sus modificatorias y complementarias al sistema de seguridad social resulta manifiestamente contradictorio que una mejora en las prestaciones dinerarias discrimine entre quienes sufrieron un siniestro antes o después de la entrada en vigencia de la norma legal, remitiéndome –por razones de brevedad- a los fundamentos que, en extenso, desarrollé en el precedente citado. Consecuentemente he de declarar la inconstitucionalidad del inc. 5 del art. 17 de la Ley 26.773, incrementando la indemnización que oportunamente se liquide con el adicional previsto en el art. 3 de la ley citada. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 08/09/2015 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO DEL TRABAJO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | ACCIDENTE DE TRABAJO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | AMPLIACION DEL INFORME |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | CRITERIO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | DICTAMEN PERICIAL |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | EXAMENENES MEDICOS OBLIGATORIOS |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | INDEMNIZACION ADICIONAL DE PAGO UNICO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | INDIFERENCIA DE LA CONCAUSA EN LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | MEDIDA PARA MEJOR PROVEER |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | NEXO CAUSAL |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PREOCUPACIONAL |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PRESTACION DINERARIA |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | SIGNOS DEGENERATIVOS |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | SINIESTROS SUCESIVOS |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | TABLA DE INCAPACIDAD LABORAL |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | VALORACION DE LA PRUEBA |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Ghisini, Fernando Marcelo |
9 (RLIN) | 21 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Clerici, Patricia Mónica |
9 (RLIN) | 2 |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 451656-2011 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/94.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/94.pdf</a> |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Institution code [OBSOLETE] | ddc |
Tipo de material Koha (Default) | Sentencia |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
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