"RAMÍREZ BEATRIZ Y OTROS C/ INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL NEUQUÉN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" / (Registro nro. 78)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03166nam a2200325Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
9 (RLIN) 37
245 11 - CARATULA
Caratula "RAMÍREZ BEATRIZ Y OTROS C/ INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL NEUQUÉN S/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Procesal Administrativa
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 10 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1. -[...] el derecho al beneficio previsional (pensión, jubilación, retiro, etc.) es imprescriptible, pero respecto de los haberes previsionales devengados se aplica el plazo de prescripción establecido en el art. 92° de la Ley 611.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- [...] el artículo 92° de la Ley 611 establece que prescribe al año la obligación de pagar los haberes jubilatorios y de pensión devengados antes de la presentación de la solicitud en demanda del beneficio. Y dispone que prescribe a los dos (2) años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La norma -artículo 92° de la Ley 611- contempla dos supuestos, la prescripción de un año hace referencia a la pérdida del derecho a recibir el pago mensual de quien, teniendo el derecho al beneficio previsional con anterioridad al plazo mencionado, hasta el momento de efectuar la petición de la prestación, no ha interpuesto reclamo alguno. El segundo supuesto, en cambio, se aplica a aquellas personas que han solicitado el beneficio, en cuyo caso los salarios devengados prescriben una vez transcurridos los dos años. En cuanto a la interrupción del plazo, el último párrafo prevé que “la presentación de la solicitud ante el Instituto interrumpe el plazo de prescripción, siempre que al momento de formularse el peticionario fuere acreedor del beneficio solicitado...”.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Corresponde rechazar la demanda promovida en contra del ISSN en donde se pretendió invocando la Ley N° 1131, el reconocimiento y pago retroactivo del beneficio de pensión a partir del momento del deceso del causante, pues, es pacífica la jurisprudencia de este Cuerpo en cuanto establece que la materia liberatoria en el orden previsional, se regula por las específicas previsiones del artículo 92° de la Ley N° 611. En consecuencia, la prescripción liberatoria prevista en el citado artículo es aplicable a los beneficiarios de la Ley N° 1131, y si el reconocimiento efectuado en la Disposición 2009/05 respecto de los haberes devengados no resulta cuestionable, la pretensión de pago retroactivo incoada en esta causa es improcedente.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 09/07/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) BENEFICIOS PREVISIONALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) HABER DE PENSIÓN
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) HABERES DEVENGADOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) JUBILACIONES Y PENSIONES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NATURALEZA PREVISIONAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PAGO RETROACTIVO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PERSONAL POLICIAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PLAZO DE PRESCRIPCION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRESCRIPCION
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Kohon, Ricardo Tomás
9 (RLIN) 23
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Massei, Oscar Ermelindo
9 (RLIN) 28
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 2355-2008
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/78.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/78.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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