"PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/CARPOSTAS S.A. S/ EXPROPIACIÓN" / (Registro nro. 731)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 02696nam a2200301Ia 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 181220t2016 xx 000 0 und d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Tipo de Resolución | Sentencia |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
9 (RLIN) | 33 |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "PROVINCIA DEL NEUQUÉN C/CARPOSTAS S.A. S/ EXPROPIACIÓN" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2016 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 22 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Cabe casar el decisorio dictado por la Cámara de Apelaciones de Neuquén que otorga una indemnización mayor que la reclamada por la expropidada, pues admitir que la suma pretendida por el expropiado quede supeditada a las pruebas del juicio, tal lo expresado por la Alzada (al revocar la sentencia del A quo), es una decisión que infringe los Arts. 35, 36 y 39 de la Ley de Expropiación. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- Por el contrario a lo afirmado por la A quem, no caben dudas que la expropidada expresó en el convenio suscripto con la provincia, cual era el monto que pretendía, al señalar: “estima como justo precio de los inmuebles la suma total de pesos nueve millones setecientos sesenta y un mil seiscientos noventa ($9.761.690) por la totalidad de los lotes sujetos a expropiación” (cláusula segunda). Tratándose de 336,61 hectáreas, una simple operación aritmética (336,61 x $29.000) permite concluir que el precio que la empresa expropidada reclama en su contestación de demanda es de $9.761,690. Exactamente la misma suma que pretendía en el acuerdo celebrado con la Provincia un mes antes del inicio de las actuaciones judiciales (cláusula segunda). Por ello, la interpretación que hace la Jueza de Primera Instancia sobre la suma pretendida por la expropiada resulta ajustada a la normativa aplicable –Arts.35 y 36- en el marco de este proceso expropiatorio y es el decisorio dictado por la Cámara de Apelaciones el que infringe el Art. 35 de la L.E. Luego, se evidencia que los jueces de Alzada condenan a indemnizar a la expropiada en la suma de $22.721.175, cifra muy superior a la pretendida por la parte, en infracción al límite establecido en el Art.39 de la Ley 804 (“en la sentencia no podrá condenarse una indemnización que sea superior a la reclamada.”). |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 21/10/2016 |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | EXPROPIACION |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | INAPLICABILIDAD DE LEY |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | INDEMNIZACION |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | INFRACCION A LA LEY |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | LEY DE EXPROPIACION |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PROCEDENCIA DEL RECURSO |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PROCESOS ESPECIALES |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | RECURSO DE CASACION |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | TRIBUNAL DE TASACIONES |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Kohon, Ricardo Tomás |
9 (RLIN) | 23 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Massei, Oscar Ermelindo |
9 (RLIN) | 28 |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 157-2014 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/731.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/731.pdf</a> |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Institution code [OBSOLETE] | ddc |
Tipo de material Koha (Default) | Sentencia |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
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