"P. M. D. L. A. S/ ADOPCION PLENA" / (Registro nro. 577)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02218nam a2200217Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "P. M. D. L. A. S/ ADOPCION PLENA" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2016
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 5 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Corresponde revocar parcialmente la sentencia de la instancia de origen dictada en el marco de un proceso de adopción plena, en donde ordena mantener en segundo lugar el apellido de origen de la adoptada. Ello es así, toda vez que el caso se presenta la particularidad por la que durante el trámite judicial la adoptada adquiere la mayoría de edad [...], concurriendo a esta sede luego de ello en dos oportunidades, antes del dictado de la sentencia, [...] ante la juez de grado [...] y [...] ante este Tribunal [...], exteriorizando en ambas su voluntad de llevar únicamente el apellido de uno de los adoptantes. Que aun cuando no se pueda desconocer que la adoptada ha alcanzado los 18 años de la vida identificándose su apellido de origen y su vínculo fraternal vigente, constituyen antecedentes no controvertidos su crianza desde pocos meses de vida por los adoptantes sobre el que el equipo interdisciplinario se expidió destacando que: “la adopción permitiría reconocer el “estado de hecho” en el que se encuentra M., como miembros de la familia” [...], y todo lo expuesto coincidente con su auto reconocimiento que manifiesta ya como sujeto de derecho pleno, que en definitiva autorizan a concluir en la procedencia del planteo a los fines de llevar sólo el apellido de uno de los peticionantes que además y en definitiva, constituye la aplicación de la regla receptada por la ley que fuera citada (art. 626 del CCyC)
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 28/06/2016
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ADICION DE APELLIDO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ADOPCIÓN
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ADOPCION PLENA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
9 (RLIN) 21
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
9 (RLIN) 3
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 69570-2015
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/577.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/577.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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