"PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ SUCESORES DE CIFUENTES NEMESIO S/ APREMIO" / (Registro nro. 564)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02805nam a2200289Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "PROVINCIA DEL NEUQUEN C/ SUCESORES DE CIFUENTES NEMESIO S/ APREMIO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2016
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 14 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Excepto entonces los plazos de prescripción, que el legislador nacional ha asignado a su par provincial y municipal, y que en autos no es materia de controversia, la doctrina que dimana de la causa “Filcrosa” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sigue vigente para los restantes aspecto del instituto de la prescripción.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Siendo la prescripción un instituto sustancial de orden público, todos sus aspectos regulados en el Código Civil deben prevalecer por sobre la legislación provincial, más aún cuando esta legislación resulta más gravosa para la liberación del deudor.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La aplicación de la norma del Código Fiscal contraviene abiertamente la disposición del Código Civil, por cuanto difiere, en perjuicio del deudor, el comienzo del plazo de prescripción durante lapsos que varían, pero que pueden llegar a extenderse prácticamente un año, apartándose del momento en que la obligación se torna exigible. Ergo, el inciso 1 del art. 142 del Código Fiscal resulta, en el caso concreto, inconstitucional, debiendo ser desechado.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- En autos, se reclaman deudas que de conformidad surge de la boleta de deuda indican cuotas 1 a 8 del año 2.000 y 1 a 8 del año 2.001, de un impuesto que corresponde ser pagado anualmente en una o varias cuotas, de modo tal que hemos de considerar la primer cuota en enero y la última en agosto de cada año respectivamente.<br/>Los vencimientos se han producido en los meses de enero a agosto del año 2.005 con respecto a las indicadas para el año 2.000 y en los mismos meses del año 2.006 para las del año 2.001. De este modo, el plazo de prescripción de cinco años había operado en oportunidad de interponerse la demanda el día 29 de septiembre de 2006. La conclusión no varía por el dictado de la Resolución 582/DPR/2005 a la cual se le otorga efecto interruptivo.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 16/06/2016
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) APREMIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) BOLETA DE DEUDA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) COMPUTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EXCEPCION DE PRESCRIPCION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PLAZO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PROCESOS DE EJECUCIÓN
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
9 (RLIN) 2
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 342260-2006
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/564.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/564.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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