"F . E. G. C/ B. K. G. S/ DISOLUCION DE SOCIEDAD" / (Registro nro. 46)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03761nam a2200349Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "F . E. G. C/ B. K. G. S/ DISOLUCION DE SOCIEDAD" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 17 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1. -A mi entender queda claro la violación del principio de congruencia por cuanto se pronunció sobre cuestiones no pedidas, declarando “disuelta una sociedad habida entre las partes, respecto del inmueble matrícula (...)-Confluencia… la venta del inmueble cuyo producido se partirá en partes iguales”… Cuando el actor solicitó “la división” y el reconocimiento judicial del 50% como mínimo, de la propiedad… Ordenándose la inscripción pertinente en el Registro de la propiedad Inmueble (...). Asimismo, cuando muta la división de la sociedad primigeniamente pretendida, para abordar el tema del inmueble inscripto registralmente a nombre de uno de los concubinos - demandada- desde la óptica de la división de un condominio. Así, porque frente a las pretensiones del actor, dentro de la “acción de disolución de sociedad” (irregular o de hecho), la demandada asumió una actitud pasiva (no reprochable por cierto) sobre el reclamo del 50% del inmueble, alegando que “fue voluntad expresa del hoy actor que se inscribiera a mi nombre”
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Corresponde revocar la sentencia y dejar sin efecto la atribución que allí se le hace al actor del 50% del inmueble matriculado en confluencia, toda vez que disiento con la valoración de la magistrada de tal liberalidad -“…en razón de haber nacido nuestra hija A. y como muestra de mi deseo de compartir con mi pareja los pocos bienes que el suscripto poseía, decidí inscribir el inmueble descripto a nombre de la Sra. B., como consta en la copia de la escritura pública que adjunto a la presente”-, porque considero que la transcripta expresión del actor , importa un reconocimiento de la liberalidad que invocó la demandada al contestar, que la releva de la prueba exigida, tanto más, cuando la escrituración a nombre de la demandada, fue realizada durante la época del concubinato, ya con familia constituida al haber nacido la hija de ambos, siendo que la donación es un contrato válido entre concubinos, porque al no tener las prohibiciones de la sociedad conyugal, gozan de plena libertad para contratar entre sí.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- [...] teniendo en cuenta que la explotación comercial “Rancho Río”, feneció en septiembre de 2004, se advierte que la sociedad de hecho dejó de funcionar como tal desde esa fecha, porque es justamente respecto a tal explotación que fue reconocida la existencia de esa sociedad, con lo cual encuentro ajustada la orden de liquidación dispuesta en la sentencia – venta de los bienes muebles que integraban el fondo de comercio y cuyo producido se partirá en partes iguales-
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 25/08/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CARGA DE LA PRUEBA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONCUBINATO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DISOLUCION DE SOCIEDADES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DIVISION DE CONDOMINIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FONDO DE COMERCIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INMUEBLE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LIBERALIDADES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) REALIZACION DE BIENES MUEBLES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECONOCIMIENTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SOCIEDAD IRREGULAR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SOCIEDADES COMERCIALES
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
9 (RLIN) 2
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 316234-2004
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/46.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/46.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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