"WALDNER FERNANDA MARCELA C/ SAN PATRICIO S.A. S/DESPIDO" / (Registro nro. 4095)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05873nam a22004097a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 231218s 2023ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución S/N
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 7
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
245 11 - CARATULA
Caratula "WALDNER FERNANDA MARCELA C/ SAN PATRICIO S.A. S/DESPIDO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2023
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 29 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Si el magistrado de grado tras describir el intercambio telegráfico, precisar los hechos controvertidos y analizar la prueba rendida en autos, evalúa el despido directo operado por falta o disminución de trabajo en el marco del art. 247 de la LCT, y el empleador recurrente no se hace cargo de los fundamentos brindados por el magistrado al desestimar la justificación del despido directo, relacionado con el supuesto cierre del establecimiento, realizando imputaciones generales e inclusive altera la causal de despido; ello viola lo normado en el art. 243 de la LCT en punto a la invariabilidad de la causa de despido y también el art. 277 del CPCC, en cuanto este tribunal tiene vedado tratar cuestiones no sometidas al juez de grado.
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Procede la multa prevista en el art. 132 bis de la LCT, toda vez que la prueba acredita en forma fehaciente que la accionada ha incumplido con la obligación de ingresar al ente respectivo los aportes por Obra Social y Cuota Sindical retenidos de los haberes de la actora en los periodos base del reclamo aduciendo inexistencia de retención indebida de aportes, plan de pago e inconstitucionalidad de la norma. La norma establece una sanción conminatoria al empleador que, al momento de operarse la extinción del contrato de trabajo se encuentra en mora en el cumplimiento de tales obligaciones. La sanción se impone a favor del trabajador y se devenga a razón de una remuneración mensual con igual periodicidad a la del salario y hasta tanto el empleador acredite fehacientemente haber hecho efectivo el ingreso de los fondos retenidos. La reglamentación del precepto art. (art. 1º del Decreto Nacional N° 146/2001 que reglamenta el artículo 43 de la Ley Nº 25.345) establece que para que resulte procedente esta sanción, el trabajador deberá intimar fehacientemente al empleador a efectos que, dentro de los treinta (30) días siguientes, ingrese los importes adeudados con más sus intereses y multas correspondientes.
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- El propósito del art. 132 bis de la LCT es combatir la evasión fiscal, sancionando la retención y falta de ingreso de aportes, tal el supuesto de autos. El planteo de inconstitucionalidad, no fue sometido al entendimiento del juez de primera instancia, ya que ni una palabra refirió en el responde al respecto, siendo aplicable en consecuencia lo dispuesto en el art. 277 del CPCC. Ello más allá de la confusión que genera que pida el decreto de inconstitucionalidad de oficio y omita brindar motivaciones para tal decisión.
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Las multas o indemnizaciones serán devengadas por las irregularidades cometidas por la empleadora, tales como: a) registración de falsa fecha de ingreso, b) pagos en negro, c) habiéndosela intimado a regularizar procede a despedir a la trabajadora, d) emite certificados con datos que no se condicen con la realidad laboral, e) retuvo cuota sindical y aportes obra social aportes, no realizando los depósitos o ingresos en los organismos pertinentes, y f) requerido el pago indemnizatorio no los ha abonado, obligando a la actora a iniciar el presente trámite judicial. Es decir, que la propia conducta de la patronal llevó a la sanción económica de la que ahora se queja sin derribar concreta y razonadamente los presupuestos legales de la misma. Alega desproporción sin fundamento alguno y tampoco ha solicitado la morigeración. Recuerdo que la relación laboral duró diez años, y en particular, más allá de las sendas irregularidades puntualizadas supra, la demandada retuvo aportes por obra social/cuota sindical y omitió su ingreso a los organismos pertinentes.
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- El art. 40 de la ley 921 prevé textualmente en su último párrafo: “El pronunciamiento deberá ajustarse a lo alegado y probado, pero el monto de la condena podrá ser mayor que el reclamado, cuando así corresponda a la correcta aplicación del derecho y de los cálculos aritméticos”. Se entiende que la norma habilita al juez del trabajo a fallar por un importe superior al solicitado por la parte reclamante, si así correspondiera a la correcta aplicación del derecho y de los cálculos aritméticos, autorizando, por ende, el fallo “ultra petita” en lo que atañe solamente al quantum de la condena.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 04/04/2023
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 111
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO DEL TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 480
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTRATO DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 494
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DESPIDO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 2043
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INVARIABILIDAD DE LA CAUSA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 856
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 2044
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) APORTES A OBRAS SOCIALES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 2045
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) APORTES SINDICALES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 627
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INTIMACION
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 2046
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) MULTAS LABORALES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 463
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SENTENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 283
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 2047
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) AUMENTO DE LA INDEMNIZACIÓN
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 457
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FACULTADES DEL JUEZ
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 49
Nombre personal (NR) Furlotti, Pablo G.
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 15
Nombre personal (NR) Barroso, Alejandra
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 59570/2019
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=a0456a3c2523868776f2185198184f32">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=a0456a3c2523868776f2185198184f32</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
998 ## - Información de control local (RLIN)
Catalogador LG

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