"HERBAS CHOQUE NELSON FABIAN C/ PECOM ENERGIA S.A. S/ INDEMNIZACIÓN" / (Registro nro. 3775)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 04665nam a22003977a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 230314s2023 ag ||||| |||| 00| 0 spa d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Número de Resolución | S/N |
Tipo de Resolución | Acuerdo |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 33 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "HERBAS CHOQUE NELSON FABIAN C/ PECOM ENERGIA S.A. S/ INDEMNIZACIÓN" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2023 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 29 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- En su forma de “mutuo acuerdo disolutivo expreso” requiere ineludiblemente la presencia personal del trabajador –excluyendo la posibilidad de ser representado por apoderado o suplir su presencia por representante sindical- y establece que se puede realizar mediante escritura pública o ante la autoridad administrativa o judicial del trabajo. Las exigencias antedichas se dirigen a poner a buen resguardo la pureza de la manifestación de voluntad del trabajador, evitar la comisión de fraude en perjuicio de aquél y, a su vez, otorgar a las partes certeza y seguridad jurídica.[...] A su vez, ha de ser consecuencia de la conformidad y participación de ambas partes –no es susceptible de retractación ni revocación unilateral-, y ejecutado con discernimiento, intención y libertad (artículo 897, Código Civil –actual artículo 260, CCyC-). |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- Tal como surge del texto del art. 241 LCT no es necesaria la homologación [del acuerdo rescisiorio] para darle efectos extintivos y liberatorios. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- La figura del “retiro voluntario”, si bien no se encuentra expresamente regulada en la legislación nacional, es asimilada por la doctrina y jurisprudencia mayoritaria a la contemplada por el artículo 241 de la LCT. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 4.- La compensación o suma no remunerativa que una parte se compromete a hacer hacia la otra, en exacta correspondencia con la naturaleza del acto en función del cual es brindada (el mutuo acuerdo disolutorio o distracto), posee una naturaleza distinta a las que puedan corresponder en concepto de indemnización por despido. Y, por ende, pueden ser mayor o menor a las que en supuestos de concretos despidos de los protagonistas de autos habrían de corresponderles a cada uno de ellos. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 5.- Si bien no puede desconocerse que la modalidad extintiva del mutuo acuerdo disolutorio del contrato de trabajo pueda utilizarse en fraude a la ley y a los derechos del trabajador, en tanto la extinción sea el fruto de la voluntad de las partes, esté rodeado de las formalidades exigidas por la normativa y no se pruebe la existencia de vicios que socaven o fuercen la voluntad del trabajador, no corresponde transpolar un acuerdo de voluntades para extinguir un contrato al campo del despido arbitrario. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 6.- La presencia de una contraprestación dineraria no puede llevar a inferir sin más la conformación de una situación fraudulenta ni tampoco exhibe -por si sola- la configuración de un vicio de la voluntad en tanto el trabajador pudo haber considerado que implicaba un beneficio a sus intereses. Al mismo tiempo, tampoco ello puede derivarse de la situación de ocurrir el distracto mediante la figura del “retiro voluntario” si se cumplieron con las formas estatuidas por el artículo 241 de la LCT. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 7.- Mediando un distracto en los términos del artículo 241 de la LCT no puede afirmarse que se suprime o reduce algún derecho previsto por la ley. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 8.- El cuestionamiento realizado por el actor en el que alega la errónea aplicación del derecho (respecto del artículo 15 de la LCT, en tanto –sostuvo- que debe ser analizado bajo el prisma de los principios protectorio, de progresividad e irrenunciabilidad; y también conforme lo dispuesto por el artículo 9 de la LCT) debe ser rechazado, si no se observa la forma concreta en que se conculcarían tales normas y principios bajo las constancias del caso –de hecho y prueba-. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 31/08/2022 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 111 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO DEL TRABAJO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 480 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | CONTRATO DE TRABAJO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 1255 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 1256 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | EXTENCIÓN POR MUTUO ACUERDO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 1257 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | FORMAS Y MODALIDADES |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 1258 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RETIRO VOLUNTARIO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 831 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | VICIOS DE LA VOLUNTAD |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 1259 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSO DE CASACIÓN |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
9 (RLIN) | 423 |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INFRACCION A LA LEY |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 30 |
Nombre personal (NR) | Moya, Evaldo Darío |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 17 |
Nombre personal (NR) | Busamia, Roberto Germán |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 9495/2016 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=018398b5501fd101bd478263a981fc4c">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=018398b5501fd101bd478263a981fc4c</a> |
Texto del vínculo (R) | Texto completo |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Acuerdo |
998 ## - Información de control local (RLIN) | |
Catalogador | LG |
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