"YPF S.A. C/ CENTELLES JULIAN AMADOR Y OTRO S/ CONSIGNACION" / (Registro nro. 3481)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04623nam a22003857a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 220413s2022 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución S/N
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 8
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "YPF S.A. C/ CENTELLES JULIAN AMADOR Y OTRO S/ CONSIGNACION" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2022
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 37 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Las servidumbres constituidas para la explotación hidrocarburífera son una especie del género servidumbre administrativa.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Reiteramos que la constitución de una servidumbre administrativa importa para el propietario de la cosa la privación de parte de su derecho de propiedad y de su derecho de dominio, al ver afectada su exclusividad y, recíprocamente conferir a la Administración Pública una atribución jurídica sobre la cosa (en el caso del decreto-ley 17.319/1967, al titular del permiso o concesión). No obstante, el propietario conserva su calidad de tal y su derecho de dominio, así como la posesión de la cosa, y, eventualmente, su uso en función del concreto objeto de la servidumbre…[...]
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Más allá de la terminología que se utilice, la indemnización por la servidumbre hidrocarburífera resarce el desmembramiento del dominio sobre el bien afectado, que constituye un daño jurídico, y, además, los daños materiales e inmateriales que pudiera sufrir el propietario del fundo sirviente. En otras palabras, la ley aplicable engloba ambos daños, ya que resarce la indisponibilidad de parte de la propiedad, y también los daños derivados de aquella indisponibilidad, los que se presumen, eximiendo al dueño del deber de acreditación.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- La indemnización del daño material y del lucro cesante –daños que la ley presume- se vincula con la extensión de los tendidos de caminos, eléctricos y ductos, con el número de pozos y con la cantidad de instalaciones, de acuerdo con la clasificación determinada por el decreto: menores, mayores y especiales.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Si bien se entiende el valor estratégico y económico de la actividad petrolera, lo cierto es que ello no justifica la afectación total del inmueble a servidumbre. En este caso, compartiendo la posición de la Procuración del Tesoro, la servidumbre importa una expropiación encubierta, ya que el propietario ha sido privado totalmente del uso del inmueble.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6.- La elaboración lógica y conceptual de la norma reglamentaria pone de manifiesto que la indemnización por daño emergente y lucro cesante para tierras de secano se fija tomando en consideración la superficie que ocupan las obras e instalaciones ubicada en el inmueble, teniendo en cuenta cada una de ellas en forma individual. De ello se sigue que no existe motivo para entender que para las instalaciones especiales se aparte de esa unidad de medida (superficie de la instalación concreta, individual) para englobar en el concepto otras instalaciones, ductos, tendidos eléctricos y caminos, de modo tal que de su sumatoria resulte la instalación especial.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 7.- No procede la capitalización automática o de oficio generada por la notificación de la demanda, sino que ella debe ser solicitada por la parte interesada. Debe existir una manifestación de la voluntad de la parte de capitalizar los intereses en los términos del inc. b) del art. 770 del Código Civil y Comercial, ya sea incorporando los intereses al capital reclamado, o, en supuestos como el de autos donde no existe un capital determinado en la demanda reconvencional, solicitando expresamente dicha capitalización.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 09/03/2022
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO CIVIL
9 (RLIN) 99
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OBLIGACIONES DE DAR SUMAS DE DINERO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INDEMNIZACION EXPROPIATORIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DAÑO EMERGENTE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) LUCRO CESANTE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CAPITALIZACION DE INTERESES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) COMPUTO DEL PLAZO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 59
Nombre personal (NR) Noacco, José Ignacio
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP 6779/2015
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=2610c155f716243302cc061441c38719">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=2610c155f716243302cc061441c38719</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
998 ## - Información de control local (RLIN)
Catalogador as

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