"ROMERO ROBERTO C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" / (Registro nro. 3436)
[ vista simple ]
000 -CABECERA | |
---|---|
Campo de control de longitud fija | 03159nam a22003137a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 220315s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Número de Resolución | 32/21 |
Tipo de Resolución | Acuerdo |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 103 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "ROMERO ROBERTO C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2021 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 18 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Si bien la producción de prueba en segunda instancia es excepcional y de interpretación restrictiva, ella resulta procedente cuando la decisión acerca de la prueba resulte equivocada o su denegación se deba a un error. Es decir, la procedencia de su replanteo ante la Alzada se funda, principalmente, en que el juez de grado no haya resuelto correctamente la cuestión. Y tal hipótesis de excepción es la que había acontecido en autos, dado que fue un error reputar alternativa y contradictoriamente necesaria e innecesaria la prueba y, por ende, también lo fue no admitir su producción en la segunda instancia, renunciando a la posibilidad concreta de esclarecer los hechos; máxime teniendo en consideración que los términos en que el actor expresó sus agravios, arrojaban una duda razonable sobre la efectiva percepción del pago extrajudicial alegado. Por las consideraciones precedentes corresponde concluir que la resolución recurrida no guarda relación con las constancias y peculiaridades de la causa, configurándose la causal contemplada en el artículo 18, segundo párrafo, de la Ley N° 1406. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- En el caso de autos se advierte que, efectivamente, la Alzada condenó a abonar una suma de dinero sin explicación alguna acerca de su correlación con el grado de incapacidad física determinado por la pericia médica y receptado por el Juez de grado. Ergo, tal porcentual incapacitante había llegado firme a dicha instancia, ante la ausencia de agravio del actor sobre ese concreto extremo. Tampoco detallaron los jueces la operación de cálculo efectuada para arribar a dicho monto, ni los preceptos legales que daban sustento a su decisión. En suma, aun aceptando que la Cámara había reputado no acreditado el pago, debió explicar cómo arribaba a la suma de condena, qué fórmulas de la LRT utilizó y qué porcentaje incapacitante tuvo en consideración.Tales omisiones determinan que la sentencia carezca de una fundamentación mínima y, por consiguiente, devenga arbitraria. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 25/10/2021 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO PROCESAL |
9 (RLIN) | 140 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSOS |
9 (RLIN) | 519 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSO DE NULIDAD EXTRAORDINARIO |
9 (RLIN) | 429 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | FALTA DE SUSTENTO EN LAS CONSTANCIAS DE AUTOS |
9 (RLIN) | 958 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | FUNDAMENTACION DE SENTENCIA |
9 (RLIN) | 959 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | SENTENCIA ARBITRARIA |
9 (RLIN) | 960 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | NULIDAD DE SENTENCIA |
9 (RLIN) | 961 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | REENVIO |
9 (RLIN) | 962 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 17 |
Nombre personal (NR) | Busamia, Roberto Germán |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 30 |
Nombre personal (NR) | Moya, Evaldo Darío |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | EXP 507904/2016 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=f3708fc3bc9bd46bb19b34b4c808b448">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=f3708fc3bc9bd46bb19b34b4c808b448</a> |
Texto del vínculo (R) | Texto completo |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Acuerdo |
998 ## - Información de control local (RLIN) | |
Catalogador | as |
No hay ítems disponibles.