"ALASINO MARIO HORACIO C/ SANCOR COOP. DE SEGUROS LIMITADA S/ COBRO DE SEGURO POR INCAPACIDAD" / (Registro nro. 3396)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 04800nam a22004217a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 211105s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Número de Resolución | 19/19 |
Tipo de Resolución | Acuerdo |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 33 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "ALASINO MARIO HORACIO C/ SANCOR COOP. DE SEGUROS LIMITADA S/ COBRO DE SEGURO POR INCAPACIDAD" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2019 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 26 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- El plazo de prescripción aplicable a las acciones emergentes del contrato de seguro colectivo de vida e incapacidad total y definitiva -obligatorio y adicional- es de tres años conforme lo establece la Ley de Defensa del Consumidor (artículo 50) y no el de un año, según lo dispuesto por la Ley de Seguros (artículo 58). |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- El derecho consumeril tiene carácter ius fundamental, por lo que el sistema de solución de conflictos normativos no está guiado por las pautas de las antinomias legales tradicionales. Y que su carácter de orden público, invalida la pretensión de fundar la prevalencia de una ley en su carácter de ley especial (Ley de Seguros -Ley N° 17418-) o de ley anterior. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- Este Tribunal Superior de Justicia ha elaborado su doctrina a partir del caso “Géliz” (Acuerdo N° 46/10 del Registro de la Secretaría Civil) y que luego se mantuviera y ampliara en otros pronunciamientos (“Camargo”, Acuerdo N° 31/10; “Ferreyra”, Acuerdo N° 38/12; “Merino”, Acuerdo N° 8/13; “Muñoz, Carlos”, Acuerdo N° 18/14; “Monte, Luis” (Acuerdo N°47/15); “Vázquez, Balbino, Acuerdo N° 14/16; todos del registro antes enunciado). A través de ella se considera la función social, finalidad tuitiva y naturaleza alimentaria de los seguros de vida colectivos tanto obligatorios como adicionales, los que deben situarse en el ámbito laboral por ser sus beneficiarios empleados en relación de dependencia. Y, a su vez, que estos contratos no pueden ser reglados de modo tal que se los desnaturalice. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 4.- Cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el caso “Buffoni” lo hizo sobre la base de que se trataba de un reclamo efectuado por víctimas de un accidente de tránsito a quienes la aseguradora pretendía oponer –como terceros el límite de cobertura emergente de un contrato de responsabilidad civil de automotores. Mientras que aquí la disputa se presenta entre el asegurado y la aseguradora –partes- en un contrato colectivo de vida y accidentes personales celebrado en el marco de un contrato de trabajo entre el empleador/tomador y los empleados/asegurados que le sirve de presupuesto para concertar dicha relación asegurativa. Tales hechos ponen en evidencia la distinta posición jurídica en la que se encuentran las personas involucradas frente al contrato de seguro –tercero y parte, respectivamente-, y también el diferente objeto de dicho contrato –responsabilidad civil y colectivo de vida y accidentes personales, respectivamente-, circunstancias que justifican una solución jurídica diversa. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 5.- En caso de colisión de dos normas: se aplica aquella que resulte más favorable al consumidor, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el artículo 3, de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley N° 24.240). Esta regla hermenéutica desecha el criterio de selección de la norma aplicable en función de su carácter general o especial. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 6.- En la relación de consumo, la razonabilidad de los plazos encuentra su justificación en la situación de vulnerabilidad en la que se sitúa la persona frente al proveedor y la consecuente necesidad imperiosa de acudir en su protección. No se advierte que el tiempo fijado para la prescripción en el estatuto consumeril sea irrazonable y por ello deba prevalecer el dispuesto en el régimen del seguro. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 22/11/2019 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO CIVIL Y COMERCIAL |
9 (RLIN) | 131 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | SEGURO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INFRACCIÓN A LA LEY |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | SEGURO DE VIDA COLECTIVO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | ADICIONAL Y OBLIGATORIO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | PLAZO DE PRESCRIPCIÓN |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | ORDEN PÚBLICO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | NATURALEZA DEL SEGURO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICA |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RÉGIMEN LEGAL APLICABLE |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INTERPRETACIÓN DE LA LEY |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 30 |
Nombre personal (NR) | Moya, Evaldo Darío |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 20 |
Nombre personal (NR) | Elosu Larumbe, Alfredo Alejandro |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | EXP JNQLA3 503177/2014 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=34e8d3d3c071e7a7db62b2b3e66c25de">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=34e8d3d3c071e7a7db62b2b3e66c25de</a> |
Texto del vínculo (R) | Texto completo |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Acuerdo |
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