"GONZALEZ MARCELO FABIAN C/ CAPEX S. A. S/ DESPIDO POR CAUSALES GENERICAS" / (Registro nro. 3361)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05088nam a22004097a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 211012s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 26/21
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 103
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral
245 11 - CARATULA
Caratula "GONZALEZ MARCELO FABIAN C/ CAPEX S. A. S/ DESPIDO POR CAUSALES GENERICAS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2021
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 29 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Debe declararse procedente el recurso por Inaplicabilidad de Ley deducido por la parte demandada por la causal prevista en el inciso “a” del artículo 15 de la Ley N° 1406, por haber incurrido en violación del artículo 277 del CPCyC, casándose la sentencia dictada por el Tribunal de Alzada, pues el análisis que propició la Cámara de Apelaciones para decidir el presente caso se apartó de los lineamientos que fueron acotados en la expresión de agravios del actor. Ello así desde que no puede deducirse de las quejas expuestas en la presentación recursiva, un cuestionamiento concreto -a modo de crítica- sobre la garantía que le otorga el artículo 52 de la LAS a los dirigentes gremiales, menos aún que encuentre vinculación con la decisión de despido indirecto en que se colocó el recurrente. Antes bien, el recurso de apelación se dirigió contra la desestimación de la causal esgrimida como configurativa de la injuria con base en el presunto ejercicio abusivo por parte del empleador de la facultad de variar las condiciones laborales en el marco del artículo 66 de la LCT.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Si la expresión de agravios cumple en cierta medida con las exigencias del artículo 265 del CPCyC, conforme al criterio amplio y flexible que debe adoptarse para su valoración a partir de una interpretación razonable, debe estimarse que la carga procesal de fundar los agravios se satisface con el mínimo de técnica exigido. Una mirada diferente tensionaría otras garantías judiciales, específicamente el debido proceso legal tal como fue concebido por el legislador local, que previó en materia civil, y supletoriamente por derivación del artículo 54 de la Ley N° 921 también en materia laboral, una instancia de revisión de la sentencia dictada en la primera instancia, de conocimiento amplio, y solo limitada por el ejercicio del principio dispositivo a través de la expresión de agravios concretos, lo que demarca los límites en la competencia del Juez del recurso
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La modificación inicialmente implementada por la patronal en el diagrama de turnos y descansos, mereció ajustes posteriores mediante la incorporación de un franco “retén”, lo que refuerza la idea de consenso entre las partes. Luego, la variación dispuesta por el empleador se ajustó a las facultades de dirección y distribución del tiempo de trabajo, que le asisten por imperio de los artículos 65 y 197 de la LCT, que lejos de resultar arbitraria, respondió a una necesidad funcional que atendió a los fines de la empresa y como resultado del diálogo de los interesados. Además, el hecho de que la empresa haya optado por la determinación de un diagrama de turnos y descansos distinto al presentado en alguna de las propuestas realizadas por los trabajadores, en modo alguno importa un exceso de sus prerrogativas, menos aún que resulte un ejercicio abusivo de la facultad que le confiere el artículo 66 de la LCT.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Con independencia del diálogo existente y el proceso de negociación en curso en relación a la necesidad de variar el diagrama de turnos, resulta claro que quien conserva dentro del contexto de un contrato de trabajo el poder organizador y de dirección es el empleador, debiendo ajustar su ejercicio dentro de los parámetros de la razonabilidad y buena fe contractual.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Si el actor no ha logrado acreditar que el empleador haya ejercido de manera abusiva la facultad de modificar las condiciones de trabajo que le otorga el artículo 66 de la LCT, menos aún, la existencia de conductas reprochables de frustrar su actividad sindical en tanto representante gremial electo, resulta desmedida y apresurada la decisión de poner punto final al contrato de trabajo
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 02/08/2021
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO DEL TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTRATO DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSO DE APELACION
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) EXPRESION DE AGRAVIOS. FACULTADES DE LA ALZADA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DESPIDO INDIRECTO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VALORACION DE LA INJURIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHOS DEL EMPLEADOR
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) JORNADA LABORAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) IUS VARIANDI
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DEBERES DE CONDUCTA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) BUENA FE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DESLEALTAD LABORAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VIOLACION A LA LEY
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 30
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 17
Nombre personal (NR) Busamia, Roberto Germán
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 501.559/2013
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=f95ee509378feb579c7c95c462957d74">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=f95ee509378feb579c7c95c462957d74</a>
Texto del vínculo (R) Texto Completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo

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