"CHIARGMIN S.R.L. C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" / (Registro nro. 3355)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03820nam a22003017a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 211006s2 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 15/21
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 33
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
245 11 - CARATULA
Caratula "CHIARGMIN S.R.L. C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2021
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2016
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 46 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Es procedente el recurso de Nulidad Extraordinario deducido por la parte actora y, en consecuencia, corresponde casar el decisorio de la Cámara Provincial de Apelaciones, al haberse constatado el vicio de arbitrariedad por insuficiente motivación del decisorio y la consecuente afectación constitucional. Ello así, pues se advierte que el resolutorio tiene por operado un sometimiento voluntario al régimen de tasas fiscales por la actividad minera, sin considerar los aspectos jurídicos que implicaba el otorgamiento de una nueva concesión, previa declaración de caducidad de los derechos del anterior concesionario, y sin analizar si la imposición de la obligación de pagar una deuda fiscal ajena podría implicar y ser compatible con una decisión con discernimiento, intención y libertad, manifestada por un hecho exterior, y adoptada respecto de la tasa concreta que grava la expedición de la guía por transporte de mineral con destino al exterior, incurrió en el vicio denunciado. Por tales motivos, el pronunciamiento compromete el derecho de defensa y, por consiguiente, el debido proceso legal ante el incumplimiento de los parámetros señalados, más allá que, se observa, tampoco se pronunció sobre la tacha de inconstitucionalidad imputada a la norma cuestionada.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Corresponde hacer lugar a la acción de amparo declarando, en el caso, la inconstitucionalidad del artículo 23, apartado “f”, inciso 3, punto a.3, de la Ley N° 2982, por resultar confiscatorio (artículo 17, Constitución Nacional y 143, Constitución Provincial). A todos los efectos del presente, y teniendo en cuenta que la cuantía de la tasa para minerales con destino al exterior tal como se encuentra regulada, y que fuera cuestionada en el particular, no se ajusta a los parámetros constitucionales fijados en la presente, la liquidación del gravamen corresponderá efectuarse aplicando al caso concreto traído a la jurisdicción, la norma que regula la tasa para el destino nacional de los minerales -artículo 23, apartado “f”, inciso 3, punto a.2, de la Ley N° 2982. Ello debido a que además de no lucir equitativo que frente a la declaración de inconstitucionalidad, la tasa por las guías solicitadas se liquide a los valores locales, muy inferiores a los correspondientes a los minerales que se destinan a establecimientos fuera del territorio provincial, tal lo pretendido por el actor, esta disposición no ha sido cuestionada por la actora, y no se evidencia manifiestamente desproporcionada. Y máxime teniendo en cuenta que las guías son utilizadas para circular fuera del territorio provincial, es decir, la pretensión del actor vulneraría el principio de realidad económica.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 19/04/2021
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECURSO DE NULIDAD EXTRAORDINARIO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FUNDAMENTACION DE SENTENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OMISION DE CUESTION ESENCIAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) TASA POR GUIA DE TRANSPORTE DE MINERALES CON DESTINO AL EXTERIOR
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) NO CONFISCATORIEDAD
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 30
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 17
Nombre personal (NR) Busamia, Roberto Germán
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 33.947/2016
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=de7b9f98d8d0d85aa3dfddb5e2ffa246">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=de7b9f98d8d0d85aa3dfddb5e2ffa246</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo

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