"DEHAIS JOSE S/ INCIDENTE E/A147424/95" / (Registro nro. 330)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04494nam a2200289Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2016 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "DEHAIS JOSE S/ INCIDENTE E/A147424/95" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 11 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) [...] como bien lo ha señalado la a quo, como regla general y en atención a su faz como acto procesal, la nulidad de la subasta está sujeta a los mismos principios que informan la teoría general de las nulidades procesales y que condicionan su admisibilidad (cfr. Cám. Apel. Comodoro Rivadavia, Sala A, “Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut c/ C.H. S.R.L.”28/2/2005, Lexis n° 15/17429). Asimismo se comparte con la jueza de grado que el criterio de apreciación de la nulidad de la subasta es sumamente restrictivo, en primer lugar, por mediar la actuación de un auxiliar del tribunal, como es el martillero designado, y luego por la necesidad de dar seguridad y certeza a este tipo de enajenaciones. 2.- La parte apelante plantea, como fundamento de su pedido de nulidad, el precio obtenido en el acto de subasta, al que califica de irrisorio. [...] Cabe tener presente que no siempre en los remates judiciales se obtiene el precio óptimo, ni el correspondiente al de mercado. Por el contrario, la experiencia demuestra que los precios logrados en las subastas judiciales son, por regla, inferiores a los de plaza, e incluso particularmente bajos, y no por ello se habilita la nulidad de este acto. En todo caso, cabría analizar la nulidad de la subasta si este bajo precio fuera consecuencia de irregularidades comprobadas en el desarrollo de la subasta; irregularidades que en autos no han sido acreditadas. 3.- Si bien la adquirente en subasta y el depositario judicial no han cuestionado el precio de mercado informado por el recurrente, existen elementos, en estas actuaciones, que justifican el precio obtenido o, cuanto menos, cuestionan seriamente la calificación de irrisorio. Así, debe tenerse presente que la subasta fue ordenada sin base, decreto consentido por la recurrente. Esta modalidad de subasta importa no contar con un parámetro de comparación a los fines de aceptar los precios ofertados; a la vez que determina que la enajenación debe ser realizada si o si, en tanto haya una oferta válida, más allá del precio ofrecido. 4.- No cabe duda que el lugar de realización de la subasta no favoreció la concurrencia de público interesado en adquirir la hacienda. Este hecho también fue consentido por la recurrente, quién podría haber requerido que los animales se trasladaran a la ciudad sede del juzgado oficiado, o a un lugar poblado cercano al de depósito, a efectos de su venta forzada, ya que el acceso hubiera sido mucho más fácil que trasladarse hasta el campo del depositario. Por lo dicho, teniendo en cuenta que la recurrente tuvo a su alcance la posibilidad de mejorar las condiciones del remate y no lo hizo; y que no se advierte la existencia de irregularidades en el acto de la subasta (ver acta de fs. 189), el precio obtenido, por más bajo que sea, no puede ser causa de la nulidad de aquella. 5.- No puede ser causa de la nulidad de la subasta, ni del resolutorio apelado la omisión de la a quo en proveer el pedido de vista Fiscal formulado por el nulidicente. Y es que, en este aspecto, no existe agravio para la parte apelante, ya que nada impide que radique la denuncia penal directamente ante el órgano fiscal correspondiente. 6.- Teniendo en cuenta el valor obtenido en la subasta, debe aplicarse el mínimo legal previsto en el art. 9 de la Ley 1.594, con la reducción determinada por el art. 35 de la misma norma.Consecuentemente, tomando el valor JUS vigente a la fecha del resolutorio de grado (
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 2/4/16
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) HONORARIOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INTERPRETACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LUGAR DEL REMATE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) NULIDAD DE LA SUBASTA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRECIO ALCANZADO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SUBASTA JUDICIAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SUBASTA JUDICIAL GANADO BOVINO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SUBASTE SIN BASE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) VISTA AL AGENTE FISCAL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 41582-2004
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/330.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/330.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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