"MOYANO JOSE ANASTASIO C/ DLS ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA S/ DESPIDO DIRECTO POR CAUSALES GENERICAS" / (Registro nro. 3285)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 06402nam a22005297a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 210517s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución S/N
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 1
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "MOYANO JOSE ANASTASIO C/ DLS ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA S/ DESPIDO DIRECTO POR CAUSALES GENERICAS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2021
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 23 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- El principio procesal de congruencia encuentra su razón de ser en la garantía constitucional de la defensa en juicio, según la cual nadie puede ser condenado o vencido en juicio sin ser oído previamente (art. 18 CN), Esta Cámara ha sentado criterio en la causa “Souble” en el sentido que: “cabe tener presente que corresponde, exclusivamente a los magistrados, determinar el derecho aplicable al caso que se tiene a consideración, lo cual supone un análisis previo del ordenamiento jurídico por parte de éstos, que no puede verse limitado a la interpretación o derecho invocado por las partes, pues ello, convertiría en letra muerta el famoso principio: “iuranovit curia”. [...] y en el caso, no hubo declaración extra petita ni se violó el principio de congruencia dado que no se concedió algo distinto a lo peticionado ni se introdujeron cuestiones no planteadas por las partes o ajenas a la relación jurídico – procesal.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En relación a la incorporación de las sumas no remunerativas, la demandada al contestar demanda e impugnar la planilla practicada por el actor, no soslayó que el salario tenido en cuenta para practicar la liquidación era muy superior al que surge de los recibos de haberes. No obstante teniendo la oportunidad de rebatir y ofrecer prueba ninguna distinción realizó acerca del origen y naturaleza de cada rubro no remunerativo incorporado por el actor en la liquidación, tendiente a demostrar su carácter contrario. Por lo que, habiendo tomado nota el sentenciante que el actor percibió dichas sumas en forma normal como parte del salario y no habiendo la demandada siquiera alegado que debieran encuadrarse en los supuestos previstos en el art. 103 bis LCT, o en las excepciones del art. 106 del mismo cuerpo legal, lo resuelto por el sentenciante resulta ajustado a derecho.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- En lo que respecta a la inclusión en la base indemnizatoria de la incidencia del SAC, nuestro máximo Tribunal Superior de Justicia sentó posición acerca de su procedencia en la referida causa “Reyes Barrientos” al señalar que debe incluirse en la base de cálculo de la indemnización prevista en el Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Luego, a los fines del cómputo del Preaviso y SAC sobre preaviso, corresponde tomar como base el monto del último salario y no el promedio de salarios percibidos en la ciudad de Neuquén, dada la inexistencia de remuneraciones variables.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- En lo que respecta a las vacaciones del año 2012, llega firme a esta instancia la sentencia en cuanto condena al pago de las mismas pese a la regla del art. 162 de la LCT. No obstante ello, el art. 155 inc. a indica que la base de cálculo para liquidarlas es el importe del salario al momento de su otorgamiento. <br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Dado que se intimó fehacientemente el pago de las diferencias y omisiones en la liquidación final, esto es, la que surge del recibo conteniendo tanto los conceptos correspondientes al último mes trabajado como así también todos los rubros derivados del despido y que no dejó otra opción al actor que iniciar acciones legales para percibir la totalidad de los montos correspondientes, la multa prevista en el art. 2 de la Ley 25.323 resulta procedente, no obstante lo cual, dado el nuevo monto señalado del preaviso más su incidencia del SAC, debe ser recalculado.<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6.- Aún teniendo en cuenta la valía y corrección de la actuación de los letrados, la regulación en base al máximo de la escala del Art. 7 de la ley 1594, no se adecua a las pautas de la ley arancelaria habiendo, por cuanto considerado además la complejidad del proceso, el resultado obtenido, la calidad, la eficacia y extensión del trabajo profesional realizados, el porcentaje aparece como excesivo. En consecuencia los honorarios fijados a los letrados de la parte actora, serán reducidos estableciéndolos en conjunto en el 22,4% de la base regulatoria todo de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6, 7, 8, 9, 10, 20, 39 y cc.de la ley 1594.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 7.- No procede la declaración de inconstitucionalidad del art. 277 de la LCT, pues es falso que la norma involucre facultades reservadas a la provincia cuando la Corte Nacional ha dicho que se trata de potestades delegadas y reguladas razonablemente y no es necesario que deba existir adhesión, nuestro Máximo Tribunal Superior de Justicia recientemente ha dictado una nueva resolución. Por lo expuesto no se aplica en el ámbito provincial el art. 277 de la LCT, ni el artículo 730 in fine del Código Civil y Comercial de la Nación.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 21/04/2021
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO DEL TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTRATO DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DESPIDO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SENTENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DEBERES Y FACULTADES DEL JUEZ
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DIFERENCIAS SALARIALES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SUMAS NO REMUNERATIVAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SAC SOBRE PREAVISO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VACACIONES NO GOZADAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INTIMACIÓN PREVIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INCUMPLIMIENTO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) MULTA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) REGULACIÓN DE HONORARIOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) BASE DE CÁLCULO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) COSTAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) LEY DE HONORARIOS PROFESIONALES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) MODIFICACIÓN
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ALCANCE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PACTO DE CUOTA LITIS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PROCESOS LABORALES
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 59
Nombre personal (NR) Noacco, José Ignacio
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 504891/2015
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=6dd0217bc7d1561308a7cd6089bb695d">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=6dd0217bc7d1561308a7cd6089bb695d</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia

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