"PEDROZA CECILIA GABRIELA C/ CASINO MAGIC NEUQUEN S.A. S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" / (Registro nro. 3202)
[ vista simple ]
000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 04633nam a22004217a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 201126s2 a ||||| |||| 00| 0 s d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Número de Resolución | 23/20 |
Tipo de Resolución | Acuerdo |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 103 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "PEDROZA CECILIA GABRIELA C/ CASINO MAGIC NEUQUEN S.A. S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Tribunal Superior de Justicia - Sala Laboral |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2020 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 24 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Corresponde declarar procedente el recurso de Nulidad Extraordinario impetrado por la demandada contra el decisorio de la Cámara de Apelaciones por haber incurrido en la causal de omisión de cuestión esencial e incongruencia contemplada en el artículo 18, 2° párrafo, de la Ley N° 1406, toda vez que se advierte que el resolutorio de Alzada modifica parcialmente el fallo dictado en la instancia anterior, empero sobre una base fáctica diferente de las planteadas por las partes, omitiendo decidir sobre cuestiones sometidas a su jurisdicción.<br/> |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- Habida cuenta que, el Tribunal de Alzada debía analizar si la carta documento remitida por la trabajadora, tuvo entidad suficiente para cumplimentar la carga que prevé el artículo 209 de la Ley N° 20744, y de este modo evaluar si el descuento de los días importó o no, un incumplimiento que avale la injuria alegada como base de ruptura del contrato de trabajo por parte de aquélla, habiendo la empresa llevado a cabo el control médico, en el marco del artículo 210 de la Ley N° 20744, mediante la junta médica, que versó sobre esas patologías, al expedise el Ad-quem sobre la discordancia entre lo dictaminado por los médicos contratados por la empresa que llevaron a cabo la junta médica, y lo diagnosticado por los profesionales tratantes de la actora, cuestión que no se desconoce y sobre lo cual no existe discrepancia, incurre en el vicio de incongruencia al resolver omitiendo dar tratamiento a cuestiones esenciales propuestas por las partes, lo que motiva por sí, su nulidad (artículo 18, Ley N° 1406).<br/> |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.-Si bien la pauta legal no requiere la acreditación de la enfermedad o accidente mediante la adjunción de certificado médico que lo avale, ello por sí solo no puede derivar en la orfandad absoluta de especificaciones sobre las circunstancias que rodean la inasistencia. Caso contrario se desvirtuaría el fin que se intenta resguardar al responsabilizar al operario/a con la notificación efectiva de su ausencia. No debe confundirse tal exigencia con la innecesaridad de brindar información exhaustiva sobre los padecimientos incapacitantes que pudiera presentar el trabajador/a, que se relaciona con el resguardo del derecho fundamental a la intimidad, puesto que, en cualquier caso, al empleador siempre le quedará la posibilidad de corroborar cualquier afectación mediante el ejercicio de la facultad de control que le otorga el artículo 210 de la Ley N° 20744. Es que, el requerimiento del aviso efectivo se vincula estrechamente con los deberes de conducta exigibles a ambas partes dentro del contrato de trabajo establecidos y que derivan de los artículos 62 y 63 de la Ley N° 20.744. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 4.- Si las ausencias a partir del vencimiento de la última licencia por enfermedad gozada, no se encuentran justificadas, resulta ajustado a derecho el descuento efectuado por la patronal sobre los haberes de la trabajadora, en el marco de lo establecido por el artículo 209 de la Ley N° 20744, perdiendo virtualidad la injuria alegada como sustento del distracto decidido por la actora, sobre la base de esas deducciones que la accionante habría considerado como indebidas. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 17/09/2020 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DERECHO PROCESAL |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSOS EXTRAORDINARIOS LOCALES |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | RECURSO DE NULIDAD EXTRAORDINARIO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INCONGRUENCIA |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | OMISIÓN DE CUESTIÓN ESENCIAL |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | SENTENCIA ARBITRARIA |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | ENFERMEDAD ACCIDENTE |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | AVISO AL EMPLEADOR |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | EMPLEADOR |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | FACULTADES DE CONTROL |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | LICENCIA POR ENFERMEDAD |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | BUENA FE |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | AUSENCIAS INJUSTIFICADAS |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DEDUCCIONES SALARIALES |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DESPIDO INDIRECTO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INJURIA LABORAL |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | VALORACIÓN DE LA INJURIA |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 30 |
Nombre personal (NR) | Moya, Evaldo Darío |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 20 |
Nombre personal (NR) | Elosu Larumbe, Alfredo Alejandro |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 468913/2012 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=86d7c1a0412eddd1c1f8a8bca50608c2">http://juriscivil.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=86d7c1a0412eddd1c1f8a8bca50608c2</a> |
Texto del vínculo (R) | Texto completo |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Acuerdo |
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