"CORVALAN ESTEBAN C/ HORIZONTE CIA. ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" / (Registro nro. 2945)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03867nam a22003377a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 200113s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 6
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
245 11 - CARATULA
Caratula "CORVALAN ESTEBAN C/ HORIZONTE CIA. ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO CON ART" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Secretaría Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2019
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 18 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- La sentencia que consideró resarcible un de incapacidad psicológica del 10% debe ser revocada, pues el hecho de que el accionante haya ofrecido una prueba pericial psicológica no autoriza a entender –tal como hizo el a quo-¸ que haya reclamado por una secuela psíquica. No se trata de una mera infracción formal al modo de entablar la demanda, por cuanto de su lectura y de los antecedentes incorporados no existe siquiera una mención a secuela alguna –o cuanto menos una general indicación fáctica- que permita inferir la existencia de una reclamación por secuelas psíquicas. (Del voto del Dr. Fernando Ghisini, en mayoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Desde el punto de vista procesal, la sentencia de primera instancia incurrió en una hipótesis de incongruencia objetiva «extra petita», por cuanto el juez accedió a una pretensión que no formaba parte del litigio. (Del voto del Dr. Fernando Ghisini, en mayoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La pericia psicológica de autos no cumple con los presupuestos señalados para justificar el porcentaje de incapacidad al que se arriba -10%-, porque no contiene una explicación suficiente de las pruebas técnicas realizadas, su relación con el accidente de autos ni sus consecuencias médicas, los principios científicos en que se funda, y tampoco resulta adecuada al baremo del decreto 659/96. En este marco, la construcción pericial es débil desde el punto de vista probatorio, en tanto, no basta que el perito adquiera convicción sobre lo que es materia de su dictamen; debe, por el contrario, suministrar los antecedentes y explicaciones que lo justifiquen. (Del voto del Dr. Jorge Pascuarelli, en minoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- Las connotaciones del evento, no presenta una entidad o características que presuman que pudiera tener una relevancia traumática en grado incapacitante, en tanto no hay elementos de prueba que acrediten que haya estado en peligro su vida, o su integridad física en grado extremo. Adviértase que siquiera se han explicitado en la demanda y no existe tampoco prueba de ello, que el episodio haya tenido características extraordinarias. Repárese que en la demanda no se fundó concretamente la incapacidad psicológica. (Del voto del Dr. Jorge Pascuarelli, en minoría).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- Debiendo dirimir la disidencia planteada en autos, advierto que los dos colegas que emitieron opinión con anterioridad llegan a la misma solución (rechazo de la demanda), pero por fundamentos diferentes, aunque bien uno podría ser complementario del otro, ya que a ambos asiste razón. Sin perjuicio de ello, adhiero al voto del Dr. Fernando Ghisini. (Del voto de la Dra. Patricia Clerici, en mayoría).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 23/08/2019
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO DEL TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ACCIDENTE DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INCAPACIDAD PSICOLÓGICA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRINICIPIO DE CONGRUENCIA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PERICIAL PSICOLOGICA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VALORACIÓN DE LA PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DISIDENCIA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 21
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 4
Nombre personal (NR) Pascuarelli, Jorge Daniel
Término de relación (R) Disidencia
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP 503873/2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2945.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2945.pdf</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
998 ## - Información de control local (RLIN)
Catalogador CP

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