"REINHOLD ALEJANDRO FEDERICO C/ LA CORDILLERANA S.A. Y OTRO S/ DESPIDO POR CAUSALES GENERICAS” / (Registro nro. 260)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02556nam a2200241Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 8
245 11 - CARATULA
Caratula "REINHOLD ALEJANDRO FEDERICO C/ LA CORDILLERANA S.A. Y OTRO S/ DESPIDO POR CAUSALES GENERICAS” /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 9 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- En lo concerniente a la presunción legal de la existencia de contrato de trabajo por la prestación de servicios - art. 23 de la LCT- me he enrolado en precedentes, y sostengo en éste, en la tesis amplia, que exige que sólo debe probarse la prestación de servicios, ya que en lo que atañe a la subordinación, el texto de la norma refiere que “...el hecho de la prestación de los servicios" hará presumir la existencia de un "contrato de trabajo" y si esto es así, el contrato de trabajo encuentra su nota típica en la dependencia (art. 21 de la L.C.T.). Consecuentemente, acreditada la prestación de servicios y presumido el contrato de trabajo, no es necesario probar la subordinación, porque la norma la presume; si además, hubiere que probar que el trabajo fue desempeñado bajo dependencia, la presunción quedaría vacía de contenido y carecería de sentido, además de resultar tautológica, siendo esta la opinión predominante (conf. Fernández Madrid, Juan Carlos; Tratado Práctico de Derecho del Trabajo, Tomo I, pág. 695 con cita de Perugini y fs. 696/699)<br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En torno a la –multa- del art. 2° de la ley 25323, he tenido oportunidad de votar en primer lugar en autos “PEREZ GABRIELA ADRIANA C/SU MAYORISTA SA S/ INDEMNIZACION” (Expte N 37639/2014) (en Acuerdo N° 35 - Año 2015, del Registro de la OAPyG de trámite), donde he sentado postura en relación a este tema, esto es, también la procedencia en caso de despido indirecto.<br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 11/12/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONTRATO DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) MULTA ART 2 LEY 25323
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRESUNCION LEGAL DE LA EXISTENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) VALORACION DE LA PRUEBA
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Barroso, Alejandra
9 (RLIN) 15
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Calaccio, Gabriela Belma
9 (RLIN) 19
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 3622-2012
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/260.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/260.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha