"BRIONES DOMINGO ANTONIO C/ GESTION FINANCIERA S. A. Y OTRO S/ D. Y P. RES. CONTRACTUAL PARTICULARES" / (Registro nro. 2498)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 04237nam a22003257a 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 190520s2019 a ||||| |||| 00| 0 s d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Tipo de Resolución | Sentencia |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
9 (RLIN) | 1 |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "BRIONES DOMINGO ANTONIO C/ GESTION FINANCIERA S. A. Y OTRO S/ D. Y P. RES. CONTRACTUAL PARTICULARES" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2019 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 17 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 1.- Es responsable la sociedad administradora de planes de ahorro con destino a la adquisición de vehículos, por cuanto el actor pretendió comprar un vehículo nuevo y para ello recurrió a quien se presentara como intermediario de quien administra los fondos, generándose así una creencia de que los actos de aquel se encontraban avalados por la administradora, sin que el usuario conociera la relación interna que vincula a aquellos, y articulando su propia relación a partir de la confianza en la apariencia creada por quienes se presentan comercializando los planes de financiación. De aquí se deriva como conclusión que es una carga de la administradora controlar o supervisar la modalidad, siendo el artículo 40 de la L.D.C. rotundo al determinar la responsabilidad solidaria de todos los integrantes de la cadena de comercialización de un producto o servicio, sin perjuicio de las acciones de repetición que puedan corresponder entre ellos. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 2.- Procede la indemnización por daño moral, en tanto la existencia de negociaciones previas le generaron expectativas al actor acerca de adquirir un vehículo 0 km., posibilidad que luego se frustrara por los inconvenientes derivados de haberle otorgado la adhesión a un vehículo diferente al inicialmente escogido.<br/>A esa expectativa frustrada se suma el requerimiento de la deuda que después le exigieran, como así también las posteriores molestias ocasionadas por los diversos reclamos que tuvo que iniciar para que se reconozca su derecho junto al lapso de tiempo transcurrido para que ello suceda, correspondiendo establecer por dicho concepto la suma de $ 30.000,00, que le permitirá obtener una satisfacción sustitutiva y compensatoria de las molestias que podrá destinar a la realización de un viaje de esparcimiento por 10 días a una zona próxima de la ciudad para superar la decepción sufrida, o la obtención de bienes que lo gratifique y mejore la realización de actividades habituales junto a su familia. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 3.- Cabe rechazar la indemnización por privación de uso en tanto no es un daño que pueda considerarse derivado "in re ipsa" de la frustración de la compra de un vehículo, de modo tal que requiere de la prueba de los presupuestos de hecho que habilitan tener por acreditado que hubo una privación del uso de un rodado que ocasionó un perjuicio, pues lo que se indemniza bajo este rubro no es la expectativa de uso de un vehículo, sino la privación concreta de su uso. |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | 4.- El monto por daño punitivo resulta exigua, pues si lo que se busca es prevenir la proliferación de este tipo de conductas, el desconocimiento del derecho del actor por parte de la co-demandada en sede administrativa y su reiteración en sede judicial, aun cuando reconozcan su raíz en el genuino ejercicio del derecho de defensa que le asiste a ésta última, ponen de manifiesto una actitud pertinaz en desconocer la inconducta de quien llevara a cabo la contratación en contra de lo requerido por el actor, por lo que caba aumentarlo a la suma a $ 30.000. |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 12/03/2019 |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | CONTRATOS |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | COMPRAVENTA DE AUTOMOTORES |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | PLANES DE AHORRO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE PLANES DE AHORRO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | INDEMNIZACIÓN POR DAÑO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DAÑO MORAL |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | DAÑO PUNITIVO |
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R) | |
Fuente del encabezamiento o término (NR) | SAIJ |
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) | LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 3 |
Nombre personal (NR) | Medori, Marcelo Juan |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
9 (RLIN) | 2 |
Nombre personal (NR) | Clerici, Patricia Mónica |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | EXP 475456/2013 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2498.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2498.pdf</a> |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
Tipo de material Koha (Default) | Sentencia |
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