"SOSA DANIEL ORLANDO C/ ABALOS JESUS ALEJANDRO S/ D.Y P. X USO AUTOM. C/ LESION O MUERTE" / (Registro nro. 2428)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03810nam a22002897a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 190410s2 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 1
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "SOSA DANIEL ORLANDO C/ ABALOS JESUS ALEJANDRO S/ D.Y P. X USO AUTOM. C/ LESION O MUERTE" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2019
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 7 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- La sentencia que rechaza la citación en garantía de la aseguradora debe ser confirmada, toda vez al momento de producirse el accidente de tránsito, el demandado se encontraba en mora en el pago de la prima del contrato de seguro. En la causa “Sánchez c/ Curinao” (expte. n° 468.070/2012, 14/9/2017), entre otras, he dicho que: “Esta Sala II ya se ha pronunciado, en reiteradas oportunidades, respecto a que la falta de pago de la prima produce la suspensión automática de la cobertura asegurativa (cfr. autos “Trifiro c/ Cimalco S.A.”, expte. n° 330.911/2005, P.S. 2011-IV, n° 148; “Santarelli c/ Navarro”, expte. n° 350.546/2007, P.S. 2011-V, n° 163; “Reyes Benismeli c/ Morales Guajardo”, expte. n° 360.829/2007, P.S. 2012-IV, n° 145; “Fernández c/ Saavedra”, expte. n° 426.248/2010, P.S. 2016-I, n° 22; “Juri c/ Vitori”, expte. n° 417.878/2010, P.S. 2016-III, n° 90).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Con relación a la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor al contrato de seguro de autos, cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha resuelto en el precedente “Buffoni c/ Castro” (sentencia del 8/4/2014, LL 2014-C, pág. 144), que una ley general posterior –con expresa referencia a la Ley de Defensa del Consumidor con la reforma de la ley 26.361- no deroga ni modifica, implícita o tácitamente, la ley anterior, tal como ocurre en el caso de la singularidad del régimen de los contratos de seguro; por lo que la norma que rige la relación asegurativa de autos es la ley 17.418 y no el régimen consumeril.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Tampoco incide sobre la suspensión de la cobertura al momento del siniestro la recepción posterior, por parte de la aseguradora, de la prima, y el hecho de no haber hecho uso de la facultad resolutoria que le otorgaba el contrato. Domingo M. López Saavedra señala que la doctrina nacional, en forma prácticamente unánime, ha establecido que aunque con el pago tardío del premio la cobertura se rehabilita, tal rehabilitación sólo tiene efectos para el futuro y que la percepción de la prima íntegra por parte del asegurado, no se debe considerar como una conducta que signifique una purga de los efectos de la mora; y con cita de Stiglitz, pone de manifiesto que el pago moroso del premio hecho con posterioridad al siniestro, no importa renuncia a la suspensión de cobertura que ya venía funcionando desde el incumplimiento, agregando que la mera recepción por la aseguradora, aún sin reserva alguna de la denuncia del siniestro, no le impide luego alegar la suspensión (cfr. aut. cit., “El pago tardío del premio hecho por el asegurado y la recepción del mismo por el asegurador sin formular reservas”, LL 2004-C, pág. 738).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 07/03/2019
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTRATO DE SEGURO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) POLIZA DE SEGURO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PAGO DE LA PRIMA DE SEGURO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) MORA AUTOMATICA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) LEY DE SEGUROS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL ANTERIOR
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 3
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP 474276/2013
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2428.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2428.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia

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