"C. M. S. C/ A. H. S/ INCIDENTE DE APELACION EN EXPTE. 513662" / (Registro nro. 2372)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04457nam a22002657a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 190315s2019 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 1
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "C. M. S. C/ A. H. S/ INCIDENTE DE APELACION EN EXPTE. 513662" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2019
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 21 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Corresponde revocar la decisión de primera instancia mediante la cual se ordena al denunciado que dispense a la denunciante un trato respetuoso, absteniéndose de realizar cualquier acto o conducta que pudiera representar hostigamiento, maltrato o perturbación directa o indirecta, a la vez que dispone que el cuerpo colegiado del Tribunal de Cuentas arbitre las medidas necesarias para la implementación de los talleres de sensibilización y capacitación para prevenir y erradicar la violencia de género, que dicta la Subsecretaría de las Mujeres (Ministerio de Ciudadanía), para la totalidad del personal que se desempeña en el organismo, con asistencia obligatoria, y con la carga de informar al juzgado sobre el cumplimiento de la medida, desde que, analizada la situación planteada por la denunciante no constituyen comportamientos que puedan ser incluidos en la ley 2.786. Ello así, pues la sanción de apercibimiento a la actora producto de su mal desempeño laboral, como consecuencia del cumplimiento de una orden impartida por su superior jerárquico, excede el marco de este trámite, en tanto cuenta la denunciante con las vías administrativas y judiciales específicas para lograr su revisión, las que efectivamente ha instado. La discusión sobre si el denunciado debió o no resolver respecto del primer recurso administrativo planteado por la denunciante también corresponde sea abordada en el ámbito administrativo o contencioso administrativo.Y en lo atinente al hecho que originó la aplicación de la sanción, que es el único concreto que denuncia la actora, en tanto que las otras conductas que imputa al denunciado son sumamente vagas: me critica, lo ventila con el resto del organismo, me dejó en una situación humillante, aparece más como un conflicto típicamente laboral, antes que un hecho que pueda ser encuadrado como de violencia de género.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Para juzgar con perspectiva de género debemos evitar caer en errores tales como identificar género con mujer, o entender que la perspectiva de género es la problemática de la mujer. En realidad, la perspectiva de género parte de reconocer que existen patrones socioculturales que promueven y sostiene la desigualdad, y que se traducen en conductas que tienen como sustrato prejuicios asociados a estereotipos discriminatorios hacia la mujer (cfr. Molina de Juan, Mariel F. “Justicia penal, perspectiva de género y violencia económica”, LL 2017-D, pág. 15; Medina, Graciela, “Juzgar con perspectiva de género. ¿Por qué jugar con perspectiva de género? Y ¿Cómo juzgar con perspectiva de género?”, LL AP/DOC/185/2016). Más en autos, no se encuentran estos prejuicios como fundantes de la conducta del denunciado, conforme la ha descripto la denunciante, y surge de los elementos aportados a la causa. Pudo haber existido mal trato laboral, y un exceso en el ejercicio de la autoridad que otorga el desempeño de determinados cargos públicos, pero ello no deviene de una situación de discriminación o desigualdad estructural por el hecho que la denunciante sea mujer, sino de la dinámica propia de la actividad laboral y los distintos roles que se asumen. A ello agrego que la actora ha instado, las vías procedimentales pertinentes a efectos de obtener la revisión de la sanción aplicada; continúa desempeñándose en el cargo que ocupaba; tiene contención psicológica; y no se han registrado otros episodios similares al ocurrido en octubre de 2017.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 19/02/2019
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CONTRATO DE TRABAJO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) EMPLEADO PUBLICO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) SANCIONES DICIPLINARIAS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) MALTRATO LABORAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VIOLENCIA DE GENERO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FALTA DE ACREDITACION
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 59
Nombre personal (NR) Noacco, José Ignacio
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo INC 2037/2018
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2372.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/2372.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria

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