"PEHUENCHE S.A. C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ ACCION DE AMPARO" / (Registro nro. 2333)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02097nam a22002417a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 190220s2019 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
9 (RLIN) 1
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
245 11 - CARATULA
Caratula "PEHUENCHE S.A. C/ PROVINCIA DEL NEUQUEN S/ ACCION DE AMPARO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2019
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 9 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Cabe hacer lugar al recurso de apelación interpuesto revocando la sentencia que dispone hacer lugar a la acción condenando a la Provincia a dejar sin efecto la aplicación del principio de tracto sucesivo y proceder a la inscripción del directorio en forma previa a la del aumento de capital de la sociedad accionante, porque no se ha acreditado que el acto impugnado en forma actual e inminente restrinja, lesione, altere o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta los derechos o garantías explícitas o implícitamente reconocidas por la Constitución Nacional o Provincial, ni tampoco ha especificado cual o cuales han sido el derecho o los derechos fundamentales afectados. La actora solamente se limitó a manifestar que la inscripción del directorio actual resultaba un requisito indispensable para habilitar nuevas unidades, lo que a su vez resultaba necesario para prestar el servicio público de transporte, por lo que su denegatoria afectaría gravemente a la población de la provincia del Neuquén, pero sin producir prueba alguna al respecto. Debo concluir que el Registro Público de Comercio obró en un marco de legalidad al aplicar la normativa vigente.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 05/02/2019
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ACCIÓN DE AMPARO
9 (RLIN) 134
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) TRACTO SUCESIVO
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RECHAZO DEL AMPARO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 59
Nombre personal (NR) Noacco, José Ignacio
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 2
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo EXP 100263/2018
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Nombre de la localización del dominio (NR) /files/jump.php?biblionumber=2333
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencia

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