"H. L. DEL C. C/ A. J. E. S/ALIMENTOS PARA LOS HIJOS",25/07/2018 12:45:18 p.m." / (Registro nro. 1914)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02996nam a2200253Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2018 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
9 (RLIN) 5
245 11 - CARATULA
Caratula "H. L. DEL C. C/ A. J. E. S/ALIMENTOS PARA LOS HIJOS",25/07/2018 12:45:18 p.m." /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2018
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 8 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Los alimentos destinados a los hijos, por su naturaleza, no pueden estar mensurados solo en términos de una obligación económica para gastos mínimos y básicos de la crianza de los niños, sino que su contenido debe permitir el pleno desarrollo de éstos, donde mayores posibilidades económicas (tanto como de cuidado y afectivas), redundarán en el mejor curso de sus posibilidades. Hay allí un imperativo sobre los padres de índole moral y no solo jurídico.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Las necesidades genéricas de los hijos menores de edad no deben probarse, y se presumen los gastos indispensables para la subsistencia personal en comida y vestimenta, en cuanto se trata de erogaciones ineludibles.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Se ha dicho que: “…En el marco de esa prestación de estricta fuente legal específica para el hijo mayor de edad, este artículo establece que se autoriza al progenitor que convive con él a solicitarle una contribución al otro hasta que cumpla 21 años. La norma mencionada se refiere a "la contribución del otro ", de modo que puede presumirse que no se trataría de una cuota alimentaria strictu sensu , con lo que podría salvarse el problema interpretativo antes descripto. Sin embargo el propio art. 662 dice que el progenitor que convive con el hijo "puede iniciar el juicio alimentario o, en su caso continuar el proceso promovido durante la minoría de edad del hijo para que el juez determine la cuota que corresponde al otro progenitor " y la última parte de dicho artículo es aún más explícita ya que indica que el progenitor conviviente "tiene derecho a cobrar y administrar las cuotas alimentarias devengadas". Por lo tanto, del propio texto surge que se trata de una prestación alimentaria y no de un juicio de contribución de un progenitor al otro.” (MEDINA, Graciela - RIVERA, Julio, Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, Art. 662, Editorial La Ley 2014). Ahora bien, el apelante alude a la falta de convivencia del joven T. G. con su progenitora, lo que determinaría que no resulte aplicable la norma citada. Mas nótese que tal circunstancia no surge acreditada en la causa.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 24/07/2018
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ALIMENTOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONVIVIENTE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CUOTA ALIMENTARIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) HIJO MAYOR DE EDAD
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 32
Nombre personal (NR) Pamphile, Cecilia
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 4
Nombre personal (NR) Pascuarelli, Jorge Daniel
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 53252
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1914.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1914.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha