“IRAL CANIULLAN MERCEDES ISABEL C/ MARINES JULIO CESAR Y OTRO S/ DESPIDO INDIRECTO POR FALTA DE REGISTRACION O CONSIGNACION ERRONEA DE DATOS EN RECIBO DE HABERES” / (Registro nro. 185)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03583nam a2200313Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 8
245 11 - CARATULA
Caratula “IRAL CANIULLAN MERCEDES ISABEL C/ MARINES JULIO CESAR Y OTRO S/ DESPIDO INDIRECTO POR FALTA DE REGISTRACION O CONSIGNACION ERRONEA DE DATOS EN RECIBO DE HABERES” /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara Única Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia con competencia territorial en las II, III, IV y V Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 21 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Corresponde hacer extensiva al cónyuge de la codemandada la sentencia de condena en virtud del despido indirecto en el que se colocó la trabajadora como consecuencia del silencio guardado por los accionados ante su intimación para que registren el vínculo por haberse desempeñó en el restaurate de ambos esposos. Ello es así, toda vez que establecido en autos que estamos ante la presencia de un vínculo jurídico con pluralidad de patrones, la denuncia del contrato respecto a uno propaga sus efectos al otro. No pueden escindirse las consecuencias del distracto según la persona a la cual la trabajadora remitió la epístola porque no se trata de vinculaciones laborales independientes. (Del voto del Dr. FURLOTTI, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- La cuestión adquiere mayor relevancia si se pondera que la relación no fue registrada, lo que le negó a la dependiente la posibilidad de contar con recibos de sueldo en los cuales se detallara quién era su empleador. De igual manera, la circunstancia de que el local gastronómico en el cual prestara servicios la accionante girara bajo un nombre de fantasía contribuye al desconocimiento de la composición de la patronal. (Del voto del Dr. P. FURLOTTI, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- La apelante-actora- omitió comunicar su voluntad de hacer efectivo el apercibimiento de su primera epístola, motivo por el cual la situación de despido indirecto en el que se colocó no llegó a conocimiento de quien demanda en su carácter de empleador. Además, y como señalé, ningún argumento otorgó la apelante destinado a impugnar este fundamento del a-quo, o bien, para justificar porqué no le notificó el distracto, lo que demuestra la ausencia del carácter “concreto” de la crítica, en la terminología de la legislación adjetiva (Cfr. artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial). Por ello, y en conclusión, pese a que no comparto el alcance y los efectos que el magistrado de grado le otorgó al silencio guardado por el accionado Marines, así como a su incomparecencia en juicio (lo que, en definitiva, me lleva a reconocer los rubros propios de la relación laboral), sí me inclino por confirmar el rechazo de los rubros indemnizatorios que nacen del auto-despido. (Del voto de la Dra. BARRESE, en minoría)
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 27/10/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONTRATO DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONYUGES CODEMANDADOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DESPIDO INDIRECTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EMPRESA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EMPRESARIO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LOCAL GASTRONOMICO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) TITULARIDAD DEL FONDO DE COMERCIO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Barrese, María Julia
9 (RLIN) 14
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Barroso, Alejandra
9 (RLIN) 15
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Furlotti, Pablo G.
9 (RLIN) 49
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 38611-2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/185.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/185.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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