"VILLAGRAN ENRIQUE OMAR Y OTRO C/ CHANDÍA JOSÉ RICARDO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" / (Registro nro. 173)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04171nam a2200313Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2015 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Acuerdo
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
9 (RLIN) 33
245 11 - CARATULA
Caratula "VILLAGRAN ENRIQUE OMAR Y OTRO C/ CHANDÍA JOSÉ RICARDO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Superior de Justicia - Sala Civil
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2015
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 23 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1- Corresponde casar el decisorio de la Cámara de Apelaciones, y recomponer el litigio, en función de lo previsto por el Art. 17°, inc. c), de la Ley 1.406, mediante la confirmación, en todas sus partes, del decisorio de Primera Instancia. Ello así, pues, del análisis de la resolución se advierte que la Alzada no ha realizado una valoración integral del material fáctico reunido en los presentes. Pues no correlacionó el accionar de la víctima, la cercanía de la escuela, la pesada carga que transportaba el camión, con la conducta asumida por chofer del camión, sin que ello implique modificar el relato de hecho comprobado en sede penal. Se omitió considerar que el accionado, en la emergencia, obró en forma negligente.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2- A fin de examinar la interpretación dada al artículo 1113 del Código de Vélez debe partirse de que allí se establecen distintos casos de responsabilidad objetiva, entre ellas, por riesgo creado: típico supuesto de la circulación de automotores. En el campo de esta responsabilidad objetiva se deja de lado la concepción de culpa, que constituye un elemento ajeno al caso. La ley toma en cuenta el riesgo creado como factor de atribución de responsabilidad y prescinde de toda apreciación de la conducta del dueño o guardián, desde el punto de vista subjetivo. Es en este marco legal en el que responde el propietario del camión. En efecto, se produce una imputación al margen de la culpabilidad, y con base en la creación de un riesgo, nacido de la misma cosa, de su índole de cosa peligrosa, y la liberación de responsabilidad se logra probando la incidencia de factores extraños (MOSSET ITURRASPE, Jorge – PIEDECASAS, Miguel A., Código Civil Comentado. Responsabilidad Civil. Artículos 1066 a 1136, Editorial Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 2003, pág. 333/334). En autos el trágico accidente fue producto de concausas: cabe atribuir responsabilidad tanto al obrar de la víctima como al accionar del conductor del camión. De tal forma, el evento dañoso estuvo determinado por el accionar de ambos partícipes. Por lo tanto, atento a que el accidente se produjo por la culpa concurrente de los protagonistas, y ante la falta de prueba de la incidencia causal de cada accionar, corresponde confirmar el aporte concausal determinado en la instancia de origen.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3- La causal de exclusión de cobertura asegurativa por no poseer el demandado carnet habilitante para conducir, proviene de un enfoque técnico: constituye presupuesto esencial del amparo, que el conductor posea idoneidad para el manejo, pues en caso contrario el riesgo se vería agravado y podría resultar inasegurable. La función social que posee el contrato de seguro no constituye argumento suficiente para omitir una cláusula de exclusión de cobertura como lo es la carencia de habilitación para conducir, máxime cuando la exigencia de carnet habilitante configura una obligación de origen legal de obligatoria vinculación para el conductor (conf. STMisiones, L.L. 1999-F, 794). Resulta revelador la importancia de poseer registro habilitante, su emisión o reválida conlleva un control de la capacidad psicofísica de su portador, que revela dicho instrumento público.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 23/10/2015
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) 1113/CC
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ACCIDENTE DE TRÁNSITO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ART
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CULPA CONCURRENTE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EXCLUSION DE LA COBERTURA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FALTA DE LICENCIA DE CONDUCIR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPONSABILIDAD CIVIL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RESPONSABILIDAD OBJETIVA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Moya, Evaldo Darío
9 (RLIN) 30
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Massei, Oscar Ermelindo
9 (RLIN) 28
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 151-2012
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/173.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/173.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Acuerdo
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha