"A. D. P. C/ F. S. M. S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD" / (Registro nro. 1548)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 03875nam a2200277Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
9 (RLIN) 6
245 11 - CARATULA
Caratula "A. D. P. C/ F. S. M. S/ IMPUGNACION DE PATERNIDAD" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 31 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- Resulta procedente la indemnización por daño moral por falta de reconocimiento como hijo, por ser impropio el rol asumido por el padre biológico que formulara el reconocimiento posterior al nacimiento cuando el niño ya contaba con dos años, cuando, aquello era conocido por el mismo, configurándose una severa distorsión respecto a la naturaleza y alcances del vínculo, por la indefinición y falta de continuidad del contacto.<br/>Todo ello otorga un grado de certeza significativo de que tal proceder a lo largo de los años en que se construye la personalidad de un individuo ha influido negativamente en el hijo, su equilibrio espiritual y desarrollo humano, con una presencia que no se concreta aún cuando conoce al menos desde la adolescencia su identidad y realidad biológica, que lo diferencia de sus hermanos, que en lo asistencial se comprueba una severa limitación de las condiciones alimentarias, vestido, vivienda, etc. que describe el informe socio ambiental, y en el ámbito social donde se debe identificar, se refleja en su decisión de ser conocido con el apellido de su madre. Por tanto, se estima ajustado fijar el monto de la condena a favor del actor por el daño no patrimonial a la suma de $100.000, consolidado a la fecha de la sentencia de grado que le permitirá obtener una satisfacción sustitutiva y compensatoria del padecimiento aplicándolo a la adecuación de prestaciones habitacionales o bienes que mejoren su actual condición, tanto como realizar un viaje de esparcimiento a lo largo de un mes.<br/><br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- El daño producido por la negativa a pasar alimentos tienen el carácter de resarcimiento de la chance, por la frustración de la posibilidad razonable de consolidar la adquisición de un bien jurídicamente protegido, en tanto si al aporte de la madre se hubiera sumado el del padre, no se exige mayor comprobación acerca de que esta asistencia doble hubiera mejorado la situación de aquel, relacionado con el acceso a la educación, cultura, deportes, u otras actividades que pudieran haber alcanzado, y que en definitiva conduce a evaluar la probabilidad de acceso a aquellos bienes, que exterioriza como cierta, y la aptitud económica de que el progenitor los provea. Que a los fines de liquidar el valor de la frustración de chances se habrá de considerar por un lado aquello que hubiera sido requerido para la asistencia del actor durante los tres años y 11 meses transcurridos desde la promoción de la demanda (28.04.10) hasta que adquiriera la mayoría de edad (21.03.2014) en complemento de la brindada por la madre, y sobre su resultado aplicar un porcentual significativo de mayor o menor valor de la chance, estimando ajustado fijar la suma indemnizatoria en $33.840, la que desde la fecha en que adquirió la mayoría de edad (21.03.2014) devengará intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia del Neuquén hasta el 31.07.2015,
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 12/12/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑO MORAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DAÑOS Y PERJUICIOS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FILIACIÓN
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FILIACION EXTRAMATRIMONIAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INDEMNIZACION POR DAÑO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PERDIDA DE CHANCE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECONOCIMIENTO DE HIJO
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
9 (RLIN) 21
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Medori, Marcelo Juan
9 (RLIN) 3
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 43991-2010
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1548.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1548.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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