"APESTEGUIA CLARISA LAURA C/ GESTION DE EMPRENDIM DEPORT S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" / (Registro nro. 1452)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 02059nam a2200253Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Sentencia
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "APESTEGUIA CLARISA LAURA C/ GESTION DE EMPRENDIM DEPORT S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 10 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) No corresponde hacer lugar a la demanda en donde se peticionó la indemnización especial de despido por embarazo, toda vez que la accionada cumplió con su carga probatoria, ya que demostró que existió una causa distinta al embarazo y parto de la trabajadora que determinó la resolución del contrato de trabajo, y la existencia de esta causa se encuentra consentida por las partes. Ello resulta suficiente para desvirtuar la presunción del art. 178 de la LCT. Pretender que la empleadora debió instar otras acciones, que no se precisan, para solucionar la situación de fuerza mayor en que se encontró como consecuencia de la clausura del local comercial, por razones ajenas a esa parte, resulta una exigencia irrazonable a efectos del análisis de autos. En definitiva, no ha existido discriminación respecto de la actora en razón de su embarazo y posterior parto, ya que el motivo del distracto se encuentra en el cierre del establecimiento de la demandada, causa objetiva y fehacientemente acreditada - la clausura fue determinada por la Municipalidad de la ciudad de Neuquén, por razones ajenas a la empleadora-.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 31/10/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CIERRE DEL LOCAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) CONTRATO DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DESPIDO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) EMBARAZO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PRESUNCIONES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) RECHAZO DE LA INDENNIZACION
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Gigena Basombrio, Federico
9 (RLIN) 22
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Clerici, Patricia Mónica
9 (RLIN) 2
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 470155-2012
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1452.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1452.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Sentencia
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

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