"T. R. E. C/ C. G. S/ FILIACION" / (Registro nro. 142)
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000 -CABECERA | |
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Campo de control de longitud fija | 02349nam a2200241Ia 4500 |
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR) | |
Campo de control de longitud fija | 181220t2015 xx 000 0 und d |
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO | |
Tipo de Resolución | Sentencia |
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR) | |
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
9 (RLIN) | 1 |
245 11 - CARATULA | |
Caratula | "T. R. E. C/ C. G. S/ FILIACION" / |
Mención de responsabilidad, etc. (NR) | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II |
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R) | |
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) | 2015 |
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R) | |
Extensión (R) | 12 p. |
Otros detalles físicos (NR) | |
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R) | |
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) | Cabe confirmar la sentencia que hace lugar a la demanda de filiación. Ello es así, pues, al responder la demanda en momento alguno cuestionó la procedencia del examen de ADN peticionado por la actora y mucho menos argumentó que ello invadiera su privacidad o constituyera una declaración en su contra. Pero de las constancias de la causa resulta clara su evidente negativa a realizarse el análisis de referencia, y por cierto que fueron varios los intentos para que compareciera ante el organismo pertinente sin que ello diera resultado.[...] Ante la negativa, la conducta procesal seguida apreciada en función de los términos en que contestara la demanda y las declaraciones testimoniales, entiendo que acreditan la procedencia de la pretensión. (Del voto del Dr. GIGENA BASOMBRIO) 2.- Adhiero a la opinión y solución propuestas por el señor Vocal que me precede en orden de votación. Agrego que el art. 579 del Código Civil y Comercial de la Nación determina que la negativa a la aportación de material genético para la producción de la prueba genética constituye indicio grave contrario a la posición del renuente, por lo que el legislador ha persistido en las consecuencias a otorgar a la negativa a la realización del estudio de A.D.N., agravando la calificación del indicio (ahora es grave), justamente por los intereses no sólo individuales, sino también sociales, que se encuentran comprometidos en el derecho a la identidad de las personas. (Del voto de la Dra. CLERICI) |
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R) | |
Fecha de la Resolución (NR) | 13/10/2015 |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | FILIACIÓN |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | NEGATIVA |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PRESUNCIONES |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PRUEBA DE FILIACION |
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R) | |
Término de indización no controlado (R) | PRUEBA DE HISTOCOMPATIBILIDAD |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Clerici, Patricia Mónica |
9 (RLIN) | 2 |
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R) | |
Nombre personal (NR) | Gigena Basombrio, Federico |
9 (RLIN) | 22 |
774 ## - NUMERO DE LEGAJO | |
Número de Legajo | 249156-2000 |
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R) | |
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) | <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/142.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/142.pdf</a> |
942 ## - Elementos Agregados (KOHA) | |
Institution code [OBSOLETE] | ddc |
Tipo de material Koha (Default) | Sentencia |
Fuente de clasificación o esquema de estanterías | Dewey Decimal Classification |
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