"CHANDIA MARTA CARINA C/ NEUQUEN TEXTIL S.R.L. S/ COBRO DE HABERES" / (Registro nro. 1222)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05619nam a2200409Ia 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 181220t2017 xx 000 0 und d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Tipo de Resolución Interlocutoria
110 1# - ORGANISMO EMISOR (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
9 (RLIN) 5
245 11 - CARATULA
Caratula "CHANDIA MARTA CARINA C/ NEUQUEN TEXTIL S.R.L. S/ COBRO DE HABERES" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
260 ## - PUBLICACION, DISTRIBUCION, ETC. (PIE DE IMPRENTA) (R)
Fecha de publicación, distribución, etc. (R) 2017
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 25 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- La reforma introducida al art. 277 de la LCT -límites al pago de costas- no es aplicable en el ámbito local, por presentarse como inconstitucional, ya que la remisión que la ley provincial - Ley 2.933 que modificó el art. 4° de la ley 1594- hace al art. 277 de la LCT, se circunscribe a la cuestión de honorarios, específicamente, a la recepción en el ámbito provincial, del pacto de cuota litis, en el proceso laboral, sin tocar el tema de las costas. Según lo entiendo, esto es lo que surge del texto de la ley, lo cual además, se compadece con la materia regulada en la misma y, por consiguiente, con una interpretación sistemática de la normativa. Claramente, entonces, se está refiriendo –la normativa local- al art. 277 de la LCT, en cuanto prevé la posibilidad de celebrar pactos de cuota Litis, sometidos a un límite: 20% y a unas formalidades: ratificación personal y homologación judicial. (Del voto de la Dra. Cecilia PAMPHILE, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- En lo que hace a la remisión al art. 277 de la LCT, todo el debate -en la Legislatura Provincial al tratar la modificación a la Ley de Honorarios Profesionales que derivó en la sanción de la ley 2933- se circunscribe a la recepción en el ámbito local del pacto de cuota Litis. Ninguna referencia se efectúa a la limitación en materia de costas introducida por la ley 24.432, cuestión que como he señalado, entiendo que no puede estar comprendida en la remisión, en tanto no se desprende ni del texto de la norma, ni de la intención legislativa. Tampoco de su interpretación sistemática, que impone que el enunciado tenga relación directa con el contenido general de la norma, la cual, insisto, se circunscribe a la cuestión de honorarios y específicamente, al pacto de cuota Litis. (Del voto de la Dra. Cecilia PAMPHILE, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Si se entendiera que el legislador provincial ha receptado la limitación en materia laboral –interpretación que creo haber descartado- de igual modo subsistiría el reparo constitucional; ahora, por la lesión al principio de igualdad. En efecto, conforme a la interpretación dada por el TSJ, en autos “Cardellino”, la aplicación de la ley 24.432, determinaría que quienes litigan en el ámbito laboral y no resultan condenados en costas por tener razón, deben soportar la porción de los honorarios, en cuanto excedan del 25% del monto de la sentencia.[…] Y más allá de la reprochabilidad de tal solución, que el precedente citado trasunta, lo que advierto es que se produce una desigualdad entre quien reclama por un crédito de naturaleza laboral y quien reclama un crédito de naturaleza civil (me centro en la figura del accionante, en atención al caso concreto a resolver). (Del voto de la Dra. Cecilia PAMPHILE, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- En definitiva y, conforme a los nuevos argumentos acordados, producto de una revisión de la cuestión, entiendo que la ley 24.432 –que incorporó el último párrafo al art. 277 de la LCT - no puede ser aplicada en el ámbito local por devenir tal solución en inconstitucional. De un lado, en tanto conforme creo haber demostrado, el legislador provincial no receptó su aplicación en el ámbito local. De otro, porque, aún de no compartirse esta solución se produciría una afectación al principio de igualdad, en tanto no existirían razones que justificasen razonablemente tal discriminación para quienes litigan en el ámbito laboral. (Del voto de la Dra. Cecilia PAMPHILE, en mayoría)
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5.- […] entiendo que el recurso de la demandada es procedente por la violación a la doctrina legal establecida por el TSJ de autos “REYES BARRIENTOS, SEGUNDO B. C/ B.J. SERVICES S.R.L. S/COBRO DE HABERES” (Expte. Nro. 70 - Año 2013), Ac. N° 10/16 y “CARDELLINO, JAVIER CONTRA S.A. IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA SOBRE EJECUCIÓN DE HONORARIOS”, Inc. Nro. 1582 - año 2014, Ac. N° 23/16, en éste último, en ejercicio del control nomofiláctico (art. 15 inc. a, ley 1406) casó la sentencia por haber mediado infracción legal, en orden al art. 4° de la Ley 1594, conforme reforma introducida por la Ley Nro. 2.933 y dispuso la aplicación del art. 4 de la LA. (Del voto del Dr. Jorge PASCUARELLI, en minoría)
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 10/08/2017
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ALCANCE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) APARTAMIENTO DE LOS PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) COSTAS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DISIDENCIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) FUNDAMENTOS DEL APARTAMIENTO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) GASTOS DEL PROCESO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REFORMA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LEY DE HONORARIOS PROFESIONALES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) LIMITES AL PAGO DE COSTAS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) MODIFICACION
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PACTO DE CUOTA LITIS
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) PROCESOS LABORALES
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Ghisini, Fernando Marcelo
9 (RLIN) 21
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Pascuarelli, Jorge Daniel
9 (RLIN) 4
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Pamphile, Cecilia
9 (RLIN) 32
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 388670-2009
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1222.pdf">juriscivil.jusneuquen.gov.ar/files/rep/1222.pdf</a>
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Institution code [OBSOLETE] ddc
Tipo de material Koha (Default) Interlocutoria
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification

No hay ítems disponibles.

Contáctenos

+54(0299)5255253
Lunes - Viernes ( 8am - 14pm )

Email: biblioteca.neuquen@jusneuquen.gov.ar

@bibjurnqn

Leloir 686
Neuquén Capital 8300, Argentina

Diseño y Desarrollo - Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia 2022

Con tecnología Koha