"M. M. G. C/ P. L. J. S/ INC. DE ELEVACION A CAMARA (E/A: 68155/2014)" /

"M. M. G. C/ P. L. J. S/ INC. DE ELEVACION A CAMARA (E/A: 68155/2014)" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 2015 - 3 p. pdf

[...] el pago de la cuota mediante descuento automático lejos está de implicar una falta de protección a los ingresos del alimentante o un castigo. Por el contrario, y fijado el monto en un porcentaje del sueldo, su aporte debe realizarse mediante descuento automático y depósito bancario, y que al no ser un embargo –tal como el propio apelante lo reconoce-, no afecta en manera alguna su capacidad crediticia, como así tampoco, su honor o su moral, asegurando además la efectividad y continuidad de la percepción de las cuotas alimentarias.

06/08/2015



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