"GUTIERREZ RICARDO ANTONIO C/ A.I. S.R.L. SOBRE DESPIDO POR FALTA DE REGISTRACION” (EXP Nº 414884/2010) /

"GUTIERREZ RICARDO ANTONIO C/ A.I. S.R.L. SOBRE DESPIDO POR FALTA DE REGISTRACION” (EXP Nº 414884/2010) / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I - 8 p. pdf.

La prueba rendida no resulta suficiente para desvirtuar la presunción emergente del art. 23 LCT, en tanto los testigos ofrecidos por la accionada ninguna circunstancia de interés pudieron aportar a la causa con respecto a la alegada “autoorganización” del actor o a la ausencia de órdenes por parte del demandado. Tampoco surge de las constancias probatorias señaladas, que el accionante hubiese sido titular de una organización empresarial propia, no habiéndose probado que utilizara, para realizar su labor, elementos de su propiedad ni que invirtiera capital a tal fin. Por el contrario, prestaba de forma directa y personal su labor en beneficio del accionado y con carácter de habitualidad y permanencia y a cambio de una remuneración, sin que revista importancia el nombre o denominación que se le asignaba a dichos pagos o la forma en que se los instrumentaba, pues tal circunstancia no modifica su naturaleza real de conformidad con lo previsto por los arts. 103, 104, 108 y cctes. de la L.C.T. (régimen en el cual se prevén distintos mecanismos remuneratorios variables, en razón de la variabilidad del módulo de determinación).

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